DECRETO 1118 1999

Síntesis:

DESIGNA REPRESENTANTES PARA INTEGRAR LA COMISIÓN EJECUTIVA MIXTA CREADA POR EL CONVENIO 1-98 , AL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO JORGE RICARDO ENRÍQUEZ, Y AL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN VIAL Y TRÁNSITO, JOSÉ CARBALLO, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y TRANSPORTE Y TRÁNSITO, COMO MIEMBROS PERMANENTES Y NECESARIOS. FACULTA A LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN EJECUTIVA MIXTA A CONFORMAR UN CUERPO DE ASESORES EN LAS DISTINTAS DISCIPLINAS REQUERIDAS

Publicación:

15/06/1999

Sanción:

31/05/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N 86.203/98 en el que obra el convenio celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia de la Nación, con fecha 12 de diciembre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que dicho convenio de Complementación de Servicios tiene por objetivos prioritarios el prestar toda la colaboración necesaria para el logro del efectivo cumplimiento de los fines y disposiciones que establece la Ley Nacional de Tránsito número 24.449, sus decretos reglamentarios y las leyes que en el futuro se dicten; y coordinar las políticas que permitan el buen funcionamiento del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (Re.N.A.T.), dependiente de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, para asegurar que la información que las partes se suministren sea ágil y actualizada;

Que el precitado convenio abarca especialmente lo referido a suministrar al Re.N.A.T. en forma periódica y permanente, por intermedio de las distintas reparticiones y, a través del procedimiento técnico y con las especificaciones que acuerden ambos organismos, la información de la nómina de personas inhabilitadas para conducir vehículos conforme a las resoluciones de los órganos y tribunales competentes de la ciudad de Buenos Aires; los resultados de cada verificación técnica vehicular; las infracciones de tránsito cometidas en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires y las licencias de conducir y sus renovaciones;

Que el presente convenio también contempla solicitar al Re.N.A.T. y que éste suministre al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el informe de antecedentes de tránsito, como requisito previo al otorgamiento, o renovación, de la licencia de conducir; como así también comunicar los datos de titulares de dominio y demás información y antecedentes estipulados en la cláusula TERCERA del convenio de referencia;

Que la cláusula QUINTA establece el modo y mecanismos de hacer efectivo el cumplimiento de lo dispuesto en el Convenio, mediante la creación de una Comisión Ejecutiva Mixta, a fin de interpretar, instrumentar e implementar de manera ágil y eficaz lo convenido;

Que corresponde en consecuencia con lo antedicho, designar a los integrantes de la Comisión Ejecutiva Mixta que representarán al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, en uso de las facultades dispuestas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1 Desígnanse representantes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para integrar la Comisión Ejecutiva Mixta creada por la Cláusula Quinta del convenio celebrado el 12 de diciembre de 1997 entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia de la Nación, al seor Subsecretario de Gobierno, Dr. Jorge Ricardo Enríquez, y al seor Director General de la Dirección General Educación Vial y Tránsito, José Carballo, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito, como miembros permanentes y necesarios. En caso de ausencia o licencia serán sustituidos, con las mismas facultades, por sus respectivos reemplazantes naturales.

Art. 2 Facúltase a los miembros de la Comisión Ejecutiva Mixta a conformar un cuerpo de asesores en las distintas disciplinas requeridas, para integrar los grupos de trabajo que interactúen con los profesionales del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito, dependiente de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, tal que permitan el eficiente logro de los resultados del Convenio.

Art. 3 Los funcionarios designados por el artículo primero deberán notificar fehacientemente y de inmediato a la contraparte de la Comisión Ejecutiva Mixta dicho hecho, acompaando copia de los actos administrativos del caso. De igual modo deberán proceder notificando las novedades relacionadas con las designaciones y ceses de funciones correspondientes a personal del artículo segundo.

Art. 4 El presente decreto será refrendando por los seores Secretarios de Gobierno, de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito, y de Hacienda y Finanzas.

Art. 5 Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a los fines establecidos por el Art. 11 del Decreto N 698-GCBA-96, cumplido, pase para su conocimiento, notificación y demás efectos a las Secretarías de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito, y de Gobierno.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 del Decreto 1118-99 designa representantes para integrar la Comisión Ejecutiva Mixta creada por la Cláusula Quinta del Convenio 1-98.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 del Decreto 1118-99 faculta a los miembros de la Comisión Ejecutiva Mixta a conformar un cuerpo de asesores en las distintas disciplinas requeridas, para integrar los grupos de trabajo que interactúen con los profesionales del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito, tal que permitan el eficiente logro de los resultados del Convenio 1-98.</p>