RESOLUCIÓN 989 2002 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

PRORROGA LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR VIGENTE PARA LOS TAXIS SIN PASAJEROS EN UN TRAMO DE LA AV. ROQUE SÁENZ PE?, DISPUESTA POR LA RESOLUCIÓN 362-SOYSP-01.

Publicación:

20/12/2002

Sanción:

10/12/2002

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto la Nota N 3.909/DGTYT/2002, Resolución N° 362/SOYSP/01 (B.O.C.B.A. N° 1217), y

CONSIDERANDO:

Que por el Art. 2 de la Resolución N° 362/SOYSP/01 se prohibiera con carácter experimental y evaluativo, dentro del marco de la Ley N° 217 y el Decreto N° 515/2000, la circulación de taxis sin pasajeros en la Avenida Presidente Roque Sáenz Pe?ntre las calles Esmeralda y Suipacha;

Que esta medida, complementada con el giro a la izquierda en la Avda. Presidente Roque Sáenz Pe? Tte. Gral. Juan D. Perón, ha evitado los congestionamientos que se producían en la calle Sarmiento, entre Diagonal Norte y Carlos Pellegrini, brindando un mejor ordenamiento del tránsito en la zona;

Que se ha observado la conveniencia de que se adopte esta medida con carácter definitivo, elevando el pertinente proyecto de Ley a la Legislatura;

Que en tanto se expida la Legislatura corresponde la prórroga de la medida adoptada;

Por ello, y conforme con las facultades otorgadas por la Ley N 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/2000 (B.O.C.B.A. N° 926);

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1- Prorrógase el Art. 2° de la Resolución N° 362/SOYSP/2001 (B.O.C.B.A. N° 1217) por el cual se prohibiera la circulación de taxis sin pasajeros en la Avenida Presidente Roque Sáenz Pe?ntre las calles Esmeralda y Suipacha, hasta tanto la Legislatura se expida sobre el particular.

Artículo 2- La Dirección General de Tránsito y Transporte en el término de treinta (30) días preparará la documentación técnica y elaborará el correspondiente proyecto de Ley a los fines de su posterior elevación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte para el cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 2° de la presente. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res.989-SOYSP-02 prorroga medidas dispuestas por Res. 362-SOYSP-01