LEY DE APROBACIÓN INICIAL 1998

Síntesis:

AFECTA A DISTRITO APH EL INMUEBLE DONDE SE UBICA EL BAR "ESQUINA HOMERO MANZI"- AFECTACIÓN DE EDIFICIOS - ÁREA DE PROTECCIÓN HISTÓRICA - AV. SAN JUAN 3601

Publicación:

06/04/1998

Sanción:

26/03/1998

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Artículo 1° - Aféctase a distrito A.P.H., con protección cautelar y grado de intervención 3, al inmueble sito en la Avenida San Juan 3601, esquina noroeste de la intersección de las Avenidas San Juan y Boedo, donde se encuentra el bar “Esquina Homero Manzi”, de esta ciudad.

Art. 2° - Encomiéndese al Poder Ejecutivo, en el término de treinta (30) días de la promulgación de la presente, a que elabore según los términos de la Ordenanza N° 45.517, las normas correspondientes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente ley.

Art. 3° - Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89, inciso 3) y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

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