LEY DE APROBACIÓN INICIAL 1998
Síntesis:
AFECTA A DISTRITO APH EL INMUEBLE DONDE SE UBICA EL BAR "ESQUINA HOMERO MANZI"- AFECTACIÓN DE EDIFICIOS - ÁREA DE PROTECCIÓN HISTÓRICA - AV. SAN JUAN 3601
Publicación:
06/04/1998
Sanción:
26/03/1998
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° - Aféctase a distrito A.P.H., con protección cautelar y grado de intervención 3, al inmueble sito en la Avenida San Juan 3601, esquina noroeste de la intersección de las Avenidas San Juan y Boedo, donde se encuentra el bar Esquina Homero Manzi, de esta ciudad.
Art. 2° - Encomiéndese al Poder Ejecutivo, en el término de treinta (30) días de la promulgación de la presente, a que elabore según los términos de la Ordenanza N° 45.517, las normas correspondientes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente ley.
Art. 3° - Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89, inciso 3) y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.