RESOLUCIÓN 1022 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE DISPONE LA BAJA OBLIGATORIA DE LA OFICIAL CARINA MARIELA PARDO
Publicación:
02/12/2015
Sanción:
25/11/2015
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
Las Leyes N° 2.894 y N° 2.947, el Expediente N° 20984997/MGEYA/SICYPDP, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Expediente citado en el Visto, el Área Departamento Comisaría
12 solicitó se revea la situación de revista de la Oficial (LP 2141; DNI 29.696.044)
Carina Mariela PARDO detallando las licencias médicas usufructuadas y
acompañando los certificados médicos correspondientes;
Que, mediante NO-2014-12319399-DGARHPM, el Servicio de Medicina Laboral-
Auditoría Médica de la Policía Metropolitana derivó a Junta Médica a la Oficial PARDO
por alto ausentismo debido a constancias avaladas por médico psiquiatra;
Que tal como surge de la PV-2015-21001795-SICYPDP, la Junta Médica de la Policía
Metropolitana emitió seis dictámenes, concluyendo en el último que la Oficial PARDO
"no se encuentra apta para realizar funciones policiales en la Institución, siendo de
destacar que el trabajo como Oficial, requiere de competencias específicas que la
señora no reúne";
Que en informe de desempeño producido por la dependencia de revista consta que la
Oficial PARDO cumple la función asignada dentro de la dependencia de manera
puntual sin demostrar ningún tipo de iniciativa o voluntad para mejorar el mismo. Se
limita a cumplir su tarea no agregando ni quitando funciones a la misma. En cuanto a
las relaciones interpersonales, su trato es normal, de carácter reservado. No ha
demostrado un adecuado rendimiento físico en el marco del Plan Anual. Desde su
incorporación ha tenido un desempeño "Regular" aunque, en comparación con otros
efectivos de su promoción, en los períodos que prestó servicio, ha sido bajo;
Que, finalmente, el informe pormenorizado del Área Desarrollo Profesional,
dependiente de la Superintendencia de Coordinación y Desarrollo Profesional
manifiesta que "teniéndose presente que se han realizado distintos exámenes
periódicos nos traslada directamente al texto que menciona el artículo 49 inciso d) del
Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, más precisamente cuando señala "
...una disminución grave en las aptitudes profesionales y personales que le impidan el
normal ejercicio de la función policial que le compete..." y este caso que nos ocupa
concretamente no hay solo una disminución grave sino que no reúne las competencias
específicas requeridas para desempeñarse como oficial de esta institución policial"
concluyendo por ello que debería proponerse la baja obligatoria por aplicación de la
norma antes indicada;
Que también tomó intervención el Área Departamento Coordinación Operativa del
Personal, la Dirección de Personal y la Superintendencia citada, quienes comparten la
opinión en igual sentido que el apuntado;
Que, mediante PV-2015-24300312-PMCABA-15, el Jefe de la Policía Metropolitana
compartió el criterio propiciado por las anteriores instancias, es decir, la aplicación del
Artículo 49 inciso d) de la Ley N° 2947, que importa la baja obligatoria al servicio
cuando en los exámenes psicofísicos periódicos surgiera una disminución grave de las
aptitudes profesionales y personales que le impiden el normal ejercicio de la función
policial que le compete, y no pudiere ser asignado a otro destino ni acogerse a los
beneficios provisionales;
Que, finalmente, tomó intervención la Dirección General de la Administración de
Recursos Humanos de la Policía;
Por ello, y en uso de las facultades que son propias,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Dispónese la baja obligatoria de la Oficial (LP 2141; DNI 29.696.044)
Carina Mariela PARDO de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 49 inciso d) de la
Ley N° 2947 a partir de la fecha de la presente.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a la Oficial (LP 2141; DNI 29.696.044) Carina Mariela PARDO. Comuníquese a la
Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Dirección General de Administración de
Recursos Humanos de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de Coordinación
y Planificación del Desarrollo Policial, a la Obra Social de la Policía Metropolitana, a la
Dirección General de Tesorería, a la Dirección General de Contaduría y a la
Subsecretaría de gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Montenegro