RESOLUCIÓN 764 2015 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

APRUEBA IMPLEMENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE TRÁMITE DE HABILITACIONES ONLINE - ACTIVIDADES COMERCIALES QUE REQUIERAN LA PRESENTACIÓN DE PLANOS Y NO PUEDAN SER LIBRADAS AL USO SIN HABILITACIÓN PREVIAMENTE OTORGADA - HABILITACIONES ESPECIALES - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - PORTAL WEB - TRAMITACIÓN - PROCEDIMIENTO - INSTRUCTIVOS - SOPORTE TÉCNICO - PRESENTACIÓN DE PLANOS DE HABILITACIÓN DIGITALES - FORMATO - CÓDIGO QR - SOPORTE PAPEL - PLAZOS - DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS - DIFUSIÓN

Publicación:

14/12/2015

Sanción:

09/12/2015

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Estado:

No vigente


VISTO:

LAS LEYES N° 2.624, N° 3.304, LOS DECRETOS N° 1510/97, N° 196/2011, LA

ORDENANZA N°

33.266,

LAS RESOLUCIÓNES N° 176/AGC/2014, N°

766/AGC/2014, N° 595/AGC/2015 Y EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N°

36710078/MGEYA/AGC/2015 Y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.624 creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC) en el ámbito

del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

organismo autárquico con facultades de contralor, fiscalización y regulación,

encontrándose facultada a recurrir al auxilio de la fuerza pública, en materia de

salubridad, seguridad e higiene alimentaria de establecimientos públicos y privados,

habilitaciones de actividades comprendidas en el respectivo Código y otorgamiento de

permisos respecto de actividades que se desarrollan en dominios de uso público y

privado, y aquellas obras públicas y privadas comprendidas en el Código de la

Edificación y que no se encuentren regidas por Ley especial;

Que con el dictado de la Ley N° 3.304 se estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de

implementar un proceso de modernización administrativa;

Que el anexo I de la precitada Ley, en relación a la digitalización de los procesos

administrativos, plantea como objetivo "Desarrollar los sistemas informáticos y

proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la digitalización de los

procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad

de la información y la reducción de los plazos en las tramitaciones";

Que mediante el Decreto N° 196/2011 se implementó el Expediente Electrónico de

acuerdo a los lineamientos establecidos por la Ley N° 3.304;

Que en concordancia con la normativa precitada, la Agencia Gubernamental de

Control viene llevando a cabo una política tendiente a mejorar la calidad de los

servicios brindados a los administrados y entre otras medidas ha procedido a adecuar

el Portal Web de la AGC (www.buenosaires.gob.ar/agc), a los efectos de posibilitar la

realización de diversos trámites "online", que redundan en mayor celeridad y agilidad

en las tramitaciones administrativas;

Que en ese marco, tuvo lugar el dictado de la Resolución N° 176/AGC/2014, a través

de la cual se aprobó la implementación de la solicitud de trámites online respecto de

aquellas actividades que no requieran la presentación de planos ni de la habilitación

otorgada para ser libradas al uso (Habilitaciones Simples sin Plano);

Que posteriormente tuvo lugar el dictado de la Resolución N° 766/AGC/2014,

mediante la cual se implementó la solicitud de trámite de habilitaciones online respecto

de aquellas actividades comerciales que comprendan locales con una superficie total

de hasta 500 m2 inclusive, que requieran la presentación de planos y puedan ser

libradas al uso sin habilitación previamente otorgada (Habilitaciones Simples con

Plano) mediante el Portal web de la AGC http://www.dghpsh.agcontrol.gob.ar/SSIT/;

Que por medio del dictado de la Resolución 595/AGC/2015, se aprobó la incorporación

al procedimiento de tramitación online de solicitudes de habilitación de aquellos locales

que cuenten con una superficie superior a los 500 m2 que requieran la presentación

de planos y puedan ser libradas al uso sin habilitación previamente otorgada

(Habilitaciones Simples con Plano);

Que en tal marco, y en aras de proseguir con la digitalización de los procedimientos

administrativos, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos (DGHP) de esta

AGC propicia la implementación de la solicitud de trámites online respecto de aquellas

actividades que requieran planos y no puedan ser libradas al uso sin habilitación

previamente otorgada (Habilitaciones Especiales);

Que mediante este nuevo procedimiento, la precitada Dirección General consigna que

el mentado procedimiento otorgará a los administrados una mayor celeridad y

transparencia en la tramitación de las solicitud de habilitaciones;

Que por lo expuesto, resulta conducente la aprobación de las directrices generales

que deberán observarse para el trámite de habilitación online ut supra mencionado;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y

Técnica ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades descriptas por el artículo N°12 inciso e) de la Ley

N° 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la implementación, a partir del 14 de diciembre de 2015, de la

solicitud de trámite de habilitaciones online respecto de aquellas actividades

comerciales que requieran la presentación de planos y no puedan ser libradas al uso

sin habilitación previamente otorgada (Habilitaciones Especiales) mediante el Portal

Web de la AGC http://www.dghpsh.agcontrol.gob.ar/SSIT/.

Artículo 2°.- Encomiéndase a la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos (USIP) a

publicar los

instructivos en el portal web de la AGC

(http://www.dghpsh.agcontrol.gob.ar/SSIT/); como así también, brindar el soporte

técnico y la colaboración que resulte menester para la adecuación de los sistemas

informáticos y aplicativos necesarios

Artículo 3°.- Establécese que a partir del 14 de diciembre de 2015, los planos de

habilitación deberán ser generados digitalmente por AUTOCAD y adjuntados a la

encomienda digital en formato "dwf", de conformidad a los Instructivos previstos en el

artículo 2°.

Artículo 4°.- Establécese la incorporación de "Códigos de Respuesta Rápida" o "QR"

en los certificados de habilitación.

Artículo 5°.- Instrúyase a la Gerencias Operativas de Mesa de Entrada y Mesa de

Ayuda y Atención al Público de esta AGC, a la recepción en soporte papel de los

trámites de habilitación a los que se hace referencia en el artículo 1° de la presente

hasta el 01 de febrero de 2016, para todas aquellas encomiendas que hubieran sido

confirmadas con anterioridad al 14 de diciembre de 2015.

Artículo 6°.- Encomiéndase a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a

dictar los reglamentos y actos administrativos que resulten necesarios para la correcta

implementación de lo dispuesto en la presente.

Artículo 7°.- Encomiéndase a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional la

difusión de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 8°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comuníquese a las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC.

Cumplido, gírese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC a

fin de que proceda a notificar mediante cédula al Colegio de Escribanos de la Capital

Federal. Fecho, archívese. Gómez Centurión

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 de la Resolución 178-AGC-2017, deroga la Resolución 764-AGC-2015.</p>