LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2015

Síntesis:

CATALOGACIÓN DE EDIFICIOS CORRESPONDIENTES AL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR E TORNÚ - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES MÉDICAS DR ALFREDO LANARI - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO DE INMUEBLES - AV COMBATIENTES DE MALVINAS - CHORROARÍN - CALLES AVALOS - CAMPILLO - BARRIO DE PARQUE CHAS - PABELLONES

Publicación:

15/12/2015

Sanción:

26/11/2015

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar", en los términos del

Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano,

los edificios consignados a continuación, correspondientes al Hospital General de

Agudos "Dr. E. Tornú", y al Instituto de Investigaciones Medicas "Dr. Alfredo Lanari",

emplazados en la Parcela 0000, Manzana 031, Sección 61, comprendida por las

Avenidas Combatientes de Malvinas, Chorroarín, y las calles Avalos y Campillo, en el

Barrio de Parque Chas, Comuna 15.

· Pabellón Administración

· Pabellón A / Clínica Médica

· Pabellón B / Consultorio Externo

· Pabellón C / Neumotisiología

· Pabellón D / Universitario Fundación H. A. Barceló

· Pabellón Maternidad y Lactantes

· Pabellón Provincias / Hospital del día

· Instituto de Investigaciones Medicas Alfredo Lanari

· Capilla

· Pabellón Laboratorio

· Pabellón de Cirugía Etelvina González Chaves de Torello

Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Catálogo previsto

en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente,

las catalogaciones establecidas por el Artículo 1°.

Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 061-031-000, forma parte de la presente Ley

como Anexo I.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4782

Tipo de relación

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