LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2015
Síntesis:
CATALOGACIÓN DE EDIFICIOS CORRESPONDIENTES AL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR E TORNÚ - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES MÉDICAS DR ALFREDO LANARI - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - INCORPORACIÓN AL CATÁLOGO DE INMUEBLES - AV COMBATIENTES DE MALVINAS - CHORROARÍN - CALLES AVALOS - CAMPILLO - BARRIO DE PARQUE CHAS - PABELLONES
Publicación:
15/12/2015
Sanción:
26/11/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Cautelar", en los términos del
Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano,
los edificios consignados a continuación, correspondientes al Hospital General de
Agudos "Dr. E. Tornú", y al Instituto de Investigaciones Medicas "Dr. Alfredo Lanari",
emplazados en la Parcela 0000, Manzana 031, Sección 61, comprendida por las
Avenidas Combatientes de Malvinas, Chorroarín, y las calles Avalos y Campillo, en el
Barrio de Parque Chas, Comuna 15.
· Pabellón Administración
· Pabellón A / Clínica Médica
· Pabellón B / Consultorio Externo
· Pabellón C / Neumotisiología
· Pabellón D / Universitario Fundación H. A. Barceló
· Pabellón Maternidad y Lactantes
· Pabellón Provincias / Hospital del día
· Instituto de Investigaciones Medicas Alfredo Lanari
· Capilla
· Pabellón Laboratorio
· Pabellón de Cirugía Etelvina González Chaves de Torello
Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Artículo 1° al Catálogo previsto
en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente,
las catalogaciones establecidas por el Artículo 1°.
Art. 4°.- La ficha de Catalogación N° 061-031-000, forma parte de la presente Ley
como Anexo I.
Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los Artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ritondo - Pérez
ANEXOS