RESOLUCIÓN 1077 2015 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE DISPONE EL ASCENSO DE PERSONAL AL GRADO DE SUBCOMISIONADO

Publicación:

18/12/2015

Sanción:

04/12/2015

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.894 y 2.947, el Decreto N° 391/11, el E.E. N°

37535697/SICYPDP/2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de

Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno

de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e

institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;

Que, la Ley N° 2.947 Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, establece en

su Artículo 20 que los ascensos del personal con estado policial correspondientes al

Cuadro de Oficiales Supervisores al Cuadro de Oficiales de Dirección son resueltos

por el Ministro de Justicia y Seguridad;

Que, en consonancia, el Decreto N° 391/11 dispone en su Artículo 81 que una vez

recibida la documentación producida por los Comités de Evaluación el Jefe de la

Policía elevará lo evaluado al Señor Ministro de Justicia y Seguridad, efectuando las

consideraciones que estime oportunas;

Que, por PV-2015-37355082-PMCABA el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana avaló

que las vacantes para el Grado de Subcomisionado son Sesenta y Cinco (65);

Que las vacantes deben ser cubiertas teniendo en cuenta el grado de prelación

determinado por el Comité de Evaluación;

Que, como corolario de lo reseñado, resulta necesario dictar el acto administrativo que

apruebe los ascensos anuales ordinarios del personal con estado policial de la Policía

Metropolitana, que integrará el Cuadro de Oficiales de Dirección;

Que, la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, ha

tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Dispónese el ascenso al grado de Subcomisionado, a partir del día 31 de

diciembre del 2015, del personal con estado policial correspondiente al Cuadro de

Oficiales Supervisores (Inspector), comprendido en el Anexo IF. 2015-37717105-

DGALPM que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Déjase establecido que el ascenso del personal propuesto en el artículo 1

de esta Resolución no podrá significar la disminución de la remuneración bruta total

que percibía al momento de su ascenso, exceptuando el suplemento por tiempo

mínimo en el grado y las cargas de familia.

Artículo 3.- Créase un adicional transitorio no remunerativo y no bonificable, a los fines

del cumplimiento de lo establecido en el artículo 2 de la presente, el cual quedará

compuesto por la suma equivalente a la diferencia entre la remuneración bruta total

que integraba el haber al momento de su ascenso y la remuneración bruta total que

corresponde al haber del grado alcanzado.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de

Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, a la dirección General Contaduría,

a la Dirección General Tesorería y remítase a la Dirección General de Administración

de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese. Montenegro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Decreto 352-19 desestima recurso jerárquico, subsidiario del recurso de reconsideración interpuesto por el Subcomisario Luis María Sodini contra la Resolución 1077-MJYSGC-15.</p>