LEY 5436 2015
Síntesis:
ASIGNACIÓN DE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLE DAGUERRE - DE AV ESCALADA A AV OLIVERA - MANO ÚNICA - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN
Publicación:
08/01/2016
Sanción:
26/11/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
23/12/2015
Artículo 1°.- Asígnase sentido único de circulación, de Av. Escalada a Av. Olivera, a la
calle Daguerre.
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 5 de enero de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.436 (E.E. N° 37.704.479-MGEYA-DGALE-
2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su
sesión del día 26 de noviembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el
día 23 de diciembre de 2015.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, Cumplido, archívese. Montiel