ORDENANZA 39461 1983
Síntesis:
MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES - PESCADOS - CONCENTRACIÓN OBLIGATORIA - PRODUCTOS ICTICOLAS - CONSUMO - PESCA
Publicación:
28/09/1983
Sanción:
15/09/1983
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/09/1983
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
COMPLEMENTA
<p>Ordenanaza 39461 establece que todos los productos de pesca que ingresen para su comercialización, industrialización y o consumo a la Capital Federal, deberán provenir de la concentración obligatoria en el Mercado Central.</p>
INTEGRA