DECRETO 43 2016
Síntesis:
RATIFICA FUNCIONARIOS - COCCA IGNACIO ANTONIO - STEFANO ADRIAN NICOLAS - FUERTES GONZALO MATIAS - MANFRONI JUAN MANUEL DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS - NICOLAS NESTOR ALEJANDRO - PINAMONTI PABLO GONZALO - SASSANO JUAN PABLO - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
13/01/2016
Sanción:
08/01/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nro. 5.460, los Decretos Nros. 102/12, 132/12, 154/12, 290/13, 363/15, el
Expediente N° 158478/MGEYA-DGTALMJYS/16, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley Nro. 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que por Decreto Nro. 363/15 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la
Subsecretaría de Emergencias y las Direcciones Generales de Seguridad Privada, de
Justicia, Registro y Mediación, de Logística, de Custodia y Seguridad de Bienes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de Infraestructura de la Policía
Metropolitana y la Auditoría Externa Policial del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que en consecuencia el Ministerio de Justicia y Seguridad, propicia la ratificación de
las personas que se indican en el Anexo I, como parte integrante del presente;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratifícase a partir del 10 de diciembre de 2015, a las personas que se
detallan en el Anexo I (IF 2016 -00293183 -MJYSGC), el que a todos sus efectos
forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el
mismo.
Articulo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y
Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Ocampo - Miguel
ANEXOS
Anexo del Decreto 43-16