DECRETO 47 2016
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIAS - LOSPENNATO - DEL CANTO - BARIAZARRA - BERMOLÉN - ROMANO - BARDÓN - VALENZUELA - SANDBERG HAEDO - MOSCA - LASTIRI - DALETTO - DESIGNACIONES - GESUALDO - LA ROSA - CHAROSKY - ZULCOSKY - BARIAZARRA - SANDBERG HAEDO - SINISCALCHI - DÍAZ ORTIZ - TÉRMINE - RATIFICA - MELGAREJO - FUNCIONARIOS - MINISTERIO DE GOBIERNO
Publicación:
14/01/2016
Sanción:
11/01/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460, los Decretos N° 693/11; 209/12; N° 283/12; N° 97/13; N° 223/13; N°
59/14; N° 67/14; N° 344/14; N° 90/15; N° 183/15; N° 286/15 y N° 363/15, el Expediente
N° 38.847.549/MGEYA-MGOBGC/15, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Gobierno;
Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno a diversas Subsecretarías,
Direcciones Generales y organismos fuera de nivel;
Que en consecuencia el Ministerio de Gobierno, propicia la ratificación, la aceptación
de las renuncias y las designaciones de las personas que se indican en el Anexo I, II y
III, como parte integrante del presente;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratifícase a la funcionaria del Ministerio de Gobierno que se menciona en
el Anexo I (IF-2016-00921618-MGOBGC), el que a todos sus efectos forma parte
integrante del presente, en el cargo y condiciones que se detallan en el mismo.
Artículo 2°.- Acéptanse las renuncias de los funcionarios del Ministerio de Gobierno
que se mencionan en el Anexo II (IF-2016-00922381-MGOBGC), el que a todos sus
efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se
detallan en el mismo.
Artículo 3°.- Desígnanse a las personas que se mencionan en el Anexo III (IF-2016-
00922859-MGOBGC) como funcionarios del Ministerio de Gobierno, el que a todos
sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se
detallan en el mismo.
Artículo 4°.- Los agentes designados por el presente decreto, que revisten en planta
permanente o posean cargos en otras dependencias de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, deberán solicitar la correspondiente licencia extraordinaria sin goce de
haberes por cargo de mayor jerarquía.
Articulo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de
Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de
Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel
ANEXOS