ORDENANZA 41736 1986
Síntesis:
FACULTA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS
Publicación:
20/01/1987
Sanción:
19/12/1986
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
30/12/1986
El Honorable Concejo Deliberante
de la Ciudad de Buenos Aires
Sanciona con Fuerza de
Artículo 1° - Facúltase al Departamento Ejecutivo a llamar en el término de noventa (90) días a Licitación Pública, apartándose de lo dispuesto por la Ordenanza N° 40.828 (B.M. N° 17.469), para la contratación de servicios de recolección, transporte y descarga de residuos domiciliarios, recolección, transporte y descarga de servicios especiales, provenientes de hospitales, edificios públicos, ferias y mercados, comercios, clubes e instituciones deportivas y de bien público, predios universitarios, retiro de animales muertos ramas y troncos, barrido y limpieza de calzada incluyendo el levantamiento, transporte y descarga de todo el producido del barrido, montículos de residuos de toda índole, ramas, hojas y resto de poda de árboles, escombros, contenido de los contenedores dispuestos en la vía pública, el contenido de cestos papeleros en parques, plazas y vía pública si se dispusiera en el futuro, dentro de los límites del sector de la Ciudad de Buenos Aires, comprendidos por las siguientes arterias: Vías de Ferrocarril Sarmiento, Avda. Gral. Paz, Honorio Pueyrredón, Avda. Warnes, Avda. Chorroarin, Avda. San Martín y Avda. de los Constituyentes.
Art. 2° - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones y el Anexo I agregados a estos actuados, y que a todos sus efectos forman parte integrante de la misma.
Art. 3° - El Departamento Ejecutivo fijará la fecha del acto de apertura de la Licitación como así también el importe a percibir por la provisión de la documentación pertinente a dicho acto por parte de los interesados a participar en el mismo.
Art. 4° - El llamado a Licitación Pública será publicado durante cinco (5) días en el Boletín Municipal y durante dos (2) días en dos (2) diarios de esta Capital Federal.
Art. 5° - Facúltase al Departamento Ejecutivo a actualizar el importe de la garantía de oferta (Art. 3.6 del P.B.C.) si al momento de efectivizarse el llamado a Licitación Pública, las circunstancias así lo aconsejaran.
Art. 6° - Comuníquese, etcétera.