DECRETO 83 2016
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIAS - MAELA SANTARCANGELO - EDGARDO AOUN - DIRECTORES GENERALES - DIRECCIÓN GENERAL DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - DESIGNA EN LOS CARGOS DE REFERENCIA - VILMA BOUZA - DANIEL FERRARO - SUBSECRETARÍA DE DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANÍA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - FUNCIONARIOS
Publicación:
21/01/2016
Sanción:
18/01/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 380/12, 528/13 y 363/15, el Expediente N°
1.022.524-MGEYA-DGTALMJG/16, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo a
la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del
Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la
Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía dependiente de la Jefatura
de Gabinete de Ministros;
Que surge de los presentes actuados, diferentes funcionarios han presentado sus
respectivas renuncias a los cargos que desempeñan;
Que el Jefe de Gabinete de Ministros, propicia aceptar las renuncias de las personas
que se indican en el Anexo I y la designación de las personas que se indican en el
Anexo II, que forman parte integrante del presente;
Que, los agentes designados por el presente decreto, que revisten en planta
permanente o cargos concursados, deberán solicitar la correspondiente licencia
extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en los términos del
artículo 16, inc. k) de la Ley N° 471;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptanse las renuncias de los funcionarios que se detallan en el Anexo I
(IF-2016-02772774-MJGGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del
presente, a los cargos y condiciones que allí se detallan.
Artículo 2°.- Desígnanse, a las personas que se detallan en el Anexo II (IF-2016-
02772733-MJGGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en
los cargos y condiciones que se detallan en el mismo.
Artículo 3°.- Los agentes designados por el presente decreto, que revisten en planta
permanente o cargos concursados, deberán solicitar la correspondiente licencia
extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en los términos del
artículo 16, inc. k) de la Ley N° 471.
Articulo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a Jefatura de
Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel
ANEXOS