LEY 5471 2015
Síntesis:
INCORPORA - INCISO D) AL ART 29 APARTADO II - VENTA ALOJAMIENTO Y TRÁNSITO DE ANIMALES DOMÉSTICOS - MASCOTAS - TÍTULO - DE LA TENENCIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS - ORDENANZA 41831 - TRÁNSITO Y PERMANENCIA DE PERROS Y GATOS - CONDICIONES - EXTERIOR DE LOCALES COMERCIALES - EMPLEO DE - RIENDA - PRETAL - COLLAR - BOZAL - CORREA - PASEO DE PERROS
Publicación:
27/01/2016
Sanción:
03/12/2015
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
08/01/2016
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Incorpórase al artículo 29 del apartado II: "Venta, alojamiento y tránsito de
animales domésticos", Título: "De la tenencia de animales domésticos" de la
Ordenanza 41.831/87 el inciso d) el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 29: El tránsito y permanencia de perros y gatos será permitido en las
siguientes condiciones:
a) Vía pública: Deberán ser conducidos en forma responsable mediante rienda y pretal
o collar y bozal.
b) Plazas, parques y paseos: los lugares reservados para uso de animales
domésticos.
c) Los propietarios o tenedores, deberán proveerse de una escobilla y una bolsa de
residuos para recoger las deyecciones de sus animales, en oportunidad de su traslado
durante los paseos que realicen en áreas de dominio público.
d) En el exterior de los locales comerciales: mediante el empleo de rienda y pretal o
collar y bozal."
Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez
Buenos Aires, 22 de enero de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.471 (E.E. N° 38.678.094-MGEYA-
DGALE/15), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
su sesión del día 3 de diciembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el
día 8 de enero de 2016.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Montiel