DECRETO 123 2016
Síntesis:
RENUNCIAS DE FUNCIONARIOS - ACEPTA RENUNCIA - MARIANO MARTÍN CASABELLA COMO DIRECTOR GENERAL DE LICENCIAS - EX SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE - DESIGNACIÓN CON IDÉNTICAS FUNCIONES EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRÁNSITO - DESIGNACIÓN - GUILLERMO DANIEL RADDAVERO - DIRECTOR GENERAL DATOS ESTADÍSTICA Y PROYECCIÓN URBANA - RENUNCIA VERÓNICA HELER - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD VIAL
Publicación:
04/02/2016
Sanción:
01/02/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 336/13, 68/14, 363/15 y 3/16 y el Expediente N°
2.937.634-MGEYA/DGTALMDUYT/16 y asociado, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, propicia la aceptación de las
renuncias y designaciones de las personas que se indican en el Anexo I y II del
presente Decreto, respectivamente;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase, la renuncia de los funcionarios que se detallan en el Anexo I
(IF-2016-3873684-MDUYTGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del
presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo y a partir de las
fechas allí indicadas.
Artículo 2°.- Desígnanse, a las personas que se detallan en el Anexo II (IF-2016-2016-
3874461-MDUYTGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente,
en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo y a partir de las fechas allí
indicadas.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Moccia - Miguel
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4815