DECRETO 1938 2002

Síntesis:

APRUEBA EL PROYECTO DE NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN DE INSUMOS MÉDICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO -P.N.U.D - , S/ ESTRATEGIA DE ADQUISICIÓN, ESTOQUEO, DISTRIBUCIÓN Y CONTROL DEL CONSUMO DE INSUMOS MÉDICOS, Y LA GESTIÓN HOSPITALARIA, Y SE ORIENTARÁ A ASISTIR A LAS AUTORIDADES DE LA CIUDAD EN EL MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS SANITARIAS-PNUD

Publicación:

14/01/2003

Sanción:

30/12/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 59.642/2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la referida actuación tramita el Proyecto de Nuevo sistema de gestión de insumos médicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (P.N.U.D.), a suscribir entre el Gobierno Nacional, el P.N.U.D. y la Agencia de Ejecución, que en el caso es la Secretaría de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el presupuesto previsto es de dólares estadounidenses nueve millones ochocientos setenta y ocho mil (U$S 9.878.000), siendo el tres por ciento (3%) de esa suma el costo de administración, lo que totaliza dólares estadounidenses doscientos ochenta y siete mil setecientos nueve (U$S 287.709);

Que el objeto del proyecto es mejorar la calidad y la eficiencia en la atención de salud en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mejorando la provisión de insumos médicos mediante la consolidación de los listados terapéuticos, perfeccionando procedimientos de adquisición de medicamentos, material descartable, e insumos esenciales para optimizar la relación costo - efectividad, costo - eficiencia y costo-beneficio, mejorando la logística y la relación de agencia profesional;

Que el proyecto propiciado se centrará en la eficiencia de la función de compras, la estrategia de adquisición, estoqueo, distribución y control del consumo de insumos médicos, y la gestión hospitalaria, y se orientará a asistir a las autoridades de la Ciudad en el mejoramiento de la gestión de las políticas sanitarias;

Que en virtud del Acuerdo suscrito entre el Gobierno de Argentina y el P.N.U.D. firmado el 26 de febrero de 1985 y aprobado por la Ley N ° 23.396 del 10 de octubre de 1986, en este proyecto se adopta la modalidad de Ejecución Nacional Plena, y ha sido identificado como ARG/02/019;

Que las normas y procedimientos de tipo operacional, ejecutivo y/o administrativo que se seguirán para el desempeño de las actividades contempladas en este proyecto, se detallan en el Manual de Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno (PNUD - Argentina Septiembre 1994 y sus actualizaciones);

Que mediante la modalidad de ejecución nacional plena el Gobierno Argentino propone al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) acordar un organismo de ejecución que asuma la responsabilidad primordial en la ejecución del proyecto, y a tal efecto, actuará como organismo de ejecución la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, mientras que la Dirección Nacional del Proyecto será asignada al Secretario de Salud;

Que por tratarse de un acuerdo con un organismo internacional deberá ser ratificado por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de lo dispuesto por el artículo 104 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad;

Que en tal sentido se ha pronunciado la Procuración General de la Ciudad;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el Proyecto de Nuevo sistema de gestión de insumos médicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (P.N.U.D.).

Artículo 2° - Autorízase al Sr. Secretario de Salud, Dr. Alfredo M. Stern, en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a suscribir con el Gobierno Nacional, y el P.N.U.D., el acuerdo de aprobación del referido Proyecto.

Artículo 3° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud, de Hacienda y Finanzas, y Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 (B.O. N° 97) modificado por el Decreto N° 1.583/GCBA/01 (B.O. N° 1288), y remítase a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su pertinente aprobación. IBARRA - Stern - Pesce - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 1103, aprueba el Proyecto de Nuevo Sistema de Gestión de Insumos Médicos de la Ciudad de Buenos Aires-Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) a suscribir con el Gobierno Nacional, el PNUD y la Agencia de Ejecución, instrumentado a través del Decreto 1938-02.</p>