RESOLUCIÓN 31 2016 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AGIP - CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL - APRUEBA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DESIGNACIÓN - DESIGNA A PABLO MATÍAS ASNAGHI COMO DIRECTOR GENERAL - FUNCIONES - COMPETENCIAS
Publicación:
10/02/2016
Sanción:
03/02/2016
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO:
LA LEY N° 2.603 (BOCBA N° 2846), Y LA RESOLUCIÓN N° 500/AGIP/2008 (BOCBA
N° 3091) Y SUS MODIFICATORIAS, Y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a
establecer la estructura orgánica de la referida Administración;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la
Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos;
Que a los efectos de dar mayor eficiencia en el cumplimiento de las funciones
asignadas a esta Administración en su Ley de creación, resulta indispensable la
creación de una nueva Dirección General, que concentre la planificación y estudio de
los sistemas recaudatorios actuales, proponiendo mejoras y corroborando el
cumplimiento por parte del organismo de los controles internos y externos a los que se
encuentra sometido;
Que con tal motivo, procede la creación de la Dirección General de Planificación y
Control, dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Créase la Dirección General de Planificación y Control, dependiente de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
Artículo 2.- Apruébanse las funciones y competencias de la Dirección General de
Planificación y Control, las que se detallan en el Anexo I, que a todos sus efectos
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Desígnase, a partir del 01 de febrero de 2016, al Cdor. Pablo Matías
Asnaghi, DNI. N° 24.891.953, como Director General de la Dirección General de
Planificación y Control de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos y al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Ballotta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4817