DECRETO 2005 2002

Síntesis:

SERVICIO DE CORTE DE CÉSPED Y MANTENIMIENTO DEL CAMPO DE GOLF Y VELÓDROMO DE LA CIUDAD. APRUEBA EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES. AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA

Publicación:

15/01/2003

Sanción:

30/12/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 24.211/01, el Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires conforme la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70, el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por los Decretos. N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y N° 351/GCBA/01 (B.O.C.B.A. N° 1166), y el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la Contratación de un Servicio de Corte de Césped y Mantenimiento del Campo de Golf y Velódromo de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano;

Que, dada la naturaleza del Servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;

Que, el Inciso 128 del Decreto N° 5.720/ PEN/72 y modificatorios, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56 vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires conforme la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70, prevé las circunstancias mencionadas en el considerando precedente;

Que, por Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por los Decretos. N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385) y N° 351/GCBA/01 (B.O.C.B.A. N° 1166), se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;

Que, la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido opinión en los presentes actuados;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires conforme la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70, y las facultades legales que le son propias, Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que como Anexo forma parte del presente Decreto, para contratar un Servicio de Corte de Césped y Mantenimiento del Campo de Golf y Velódromo de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano, por un monto aproximado de $ 240.000 (pesos doscientos cuarenta mil).

Artículo 2° - Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el Art. 55 del Decreto Ley N° 23.354/56, sobre la documentación aprobada en el Art. 1°.

Artículo 3° - Facúltase a los Señores Secretarios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas a emitir circulares ampliatorias y/o modificatorias sobre la documentación aprobada en el Art. 1° del presente Decreto, en forma conjunta o indistinta, de acuerdo a la índole del tema que dé origen a las mismas.

Artículo 4° - Facúltase a los Señores Secretarios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas a designar a los miembros que integrarán la Comisión de Preadju-dicaciones, y emitir todos los Actos Administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar el servicio que se propicia.

Artículo 5° - En el Proyecto de Presupuesto para el año 2003, se ha incluido la previsión crediticia respectiva.

Artículo 6° - El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete.

Artículo 7° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. IBARRA - Epszteyn - Pesce - Fernández

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