ORDENANZA 45151 1991
Síntesis:
AMPLÍA EL TEXTO DEL INC. A) DEL ART. 7° DE LA ORDENANZA N° 41.831 - REGISTRO MUNICIPAL DE PROFESIONALES VETERINARIOS- RECOLECCIÓN DE ANIMALES EN LA VÍA PÚBLICA - ANIMALES NO RECLAMADOS POR SUS DUEÑOS - ADOPCIÓN - ENTIDADES - ASOCIACIONES PROTECTORAS DE ANIMALES - INSTITUTO PASTEUR - TENENCIA - SANIDAD - MASCOTAS
Publicación:
16/10/1991
Sanción:
22/08/1991
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
11/09/1991
Artículo 1° - Amplíase el texto del inciso a) del artículo 7° de la Ordenanza N° 41.831, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
a) ... Entrega a entidades protectoras de animales reconocidas por su transferencia inmediata
a un tenedor responsable, en cuyo caso aquellas serán exceptuadas da la comparencia ante el Tribunal Municipal de Faltas, o a cualquier particular interesado y responsable que expresamente manifestare ante el Instituto Pasteur su voluntad de acceder a la tenencia"...
Art. 2° - Comuníquese, etcétera.