RESOLUCIÓN 567 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
OTORGA SUMA FIJA - NO REMUNERATIVA - PERSONAL - RÉGIMEN GERENCIAL - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - GERENTES Y SUBGERENTES OPERATIVOS
Publicación:
21/03/2016
Sanción:
17/03/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
Las Leyes N° 471, 5.460, los Decretos N°. 684/09, 335/2011 y 363/15, la Resolución
N° 752 /MMGC/15, el Expediente Electrónico N° 08725856- -MGEYA-DGDSCIV-2016,
y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 684/09, se reglamentó el artículo 34 de la Ley N° 471, que
establece el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, creando dos niveles que se denominaron Gerencia Operativa y
Subgerencia Operativa, a los que les correspondieron las acciones y objetivos
previstos en las estructuras organizativas de este Gobierno;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por Resolución N° 752 /MMGC/15, se estableció la remuneración bruta mensual
correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley N° 471 de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
han llevado a cabo negociaciones colectivas, en relación a la pauta salarial del año en
curso para el personal de planta permanente del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que a fin de seguir los mencionados lineamientos, es menester adecuar el ingreso del
personal que reviste dentro del Régimen Gerencial otorgando una suma fija
remunerativa como anticipo a cuenta de futuros aumentos;
Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en tanto que mediante Decreto N° 363/15 se aprobó la
estructura orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que el artículo 17 de la mentada Ley contempla entre los objetivos del Ministerio de
Hacienda el de diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la política salarial
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N°5.460,
Artículo 1°.- Otórguese por única vez al personal que integra el Régimen Gerencial de
la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una suma fija
remunerativa de Pesos cinco mil ($ 5.000.-) como anticipo a cuenta de futuros
aumentos, la que se abonará con los sueldos del mes de marzo del corriente año y
será imputable a los meses de febrero y marzo en partes iguales. La suma
mencionada no integrará ninguna base de cálculo asociada a la remuneración
mensual bruta del cargo.
Artículo 2 °.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Desarrollo del Servicio Civil y
Relaciones Laborales del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Mura