RESOLUCIÓN 103 2016 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 223-APRA/15
Publicación:
28/03/2016
Sanción:
21/03/2016
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO:
La Constitución Nacional, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N°
70, N° 2.095, N° 2.628, los Decretos N° 95/GCBA/14 y N° 1145/GCBA/09 su normativa
complementaria y N° 37/GCBA/16, las Resoluciones N° 45/APRA/09, N°
223/APRA/15, y N° 965/MHGC/14, y el EX-2016- 09046991-MGEYA-DGTALAPRA,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 45/APRA/09 se estableció a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal como la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Agencia de
Protección Ambiental;
Que posteriormente, por el artículo 3° de la Resolución N° 965/MHGC/14 se ratificaron
todas las Unidades Operativas de Adquisiciones que se encontraban en
funcionamiento, entre ellas la de esta Agencia;
Que, por la Resolución N° 223/APRA/15 se designó al personal que integraba la
Comisión Evaluadora de Ofertas; sin embargo, se suscitaron diversas variaciones de
personal y de estructura organizativa de esta Agencia, circunstancia que motivó que la
Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial requiriese su modificación;
Que, por otro lado, el artículo 105 del Anexo I del Decreto N° 95/GCBA/14 prevé: "En
cada Unidad Operativa de Adquisiciones funciona una Comisión de Evaluación de
Ofertas integrada por tres (3) miembros como mínimo (...)";
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas es un órgano desconcentrado dentro de la
organización administrativa, con dependencia jerárquica, y que posee independencia
técnica con respecto a sus funciones de asesoramiento y opinión;
Que sus integrantes prestan sus labores ad-hoc siendo en paralelo funcionarios
públicos que desempeñan sus funciones normales y habituales fuera de la órbita de la
Comisión;
Que mientras desarrollen sus tareas en el ámbito de la Comisión, "gozan de
independencia respecto de la relación jerárquica que los vincula con sus superiores de
revista, quienes no podrán darles instrucciones en sentido alguno con respecto a sus
competencias como comisionados" [Urtubey, Santiago y Sá Zeichen, Gustavo, "La
comisión evaluadora de ofertas. Algunos apuntes acerca de su concepto,
características y funcionamiento a la luz de los principios de la organización
administrativa", elDial.com - DC14F6];
Que en consecuencia resulta conveniente derogar la norma que rige actualmente y
proceder a su modificación sobre la base de los fundamentos y antecedentes
desarrollados en los presentes considerandos;
Que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 2628 y el Decreto N°
37/GCBA/16,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
RESUELVE
Artículo 1°.- Dejese sin efecto la Resolución N° 223/APRA/15.
Artículo 2°.- Desígnese como miembro y presidente de la Comisión Evaluadora de
Ofertas de la Agencia de Protección Ambiental con carácter permanente la Dra.
Daniela Alejandra Kuhl (DNI 30.495.510).
Artículo 3°.- Desígnese como miembro con carácter permanente de la Comisión
Evaluadora de Ofertas de la Agencia de Protección Ambiental a la Dra. Antonella
Giollo (DNI 35.337.360).
Artículo 4°.- Desígnese como miembro con carácter permanente de la Comisión
Evaluadora de Ofertas de la Agencia de Protección Ambiental a la señora María Ivana
Stubelj (DNI 30.912.492).
Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a los Coordinadores Generales, Directores
Generales y a la Unidad de Auditoria Interna de esta Agencia. Cumplido, archívese.
Filgueira Risso