RESOLUCIÓN 12 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Síntesis:
ESTABLECE LA RESPONSABILIDAD DE VERIFICAR LA CALIDAD DE LOS TRABAJOS DE CIERRE DEFINITIVO EJECUTADOS EN LA VÍA PÚBLICA POR LA EMPRESA NSS S.A.
Publicación:
24/01/2003
Sanción:
08/01/2003
Organismo:
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Visto la Ordenanza N° 45.892 y su Decreto Reglamentario N° 507/95 y las atribuciones conferidas por Resoluciones Nros. 506, 719 y 899/SOYSP/2002, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa NSS S.A. finalizó la ejecución de las obras correspondientes al tendido de infraestructura en el subsuelo de la vía pública, aprobado por Resolución N° 35/SSOP/00, ejecutado desde enero del 2001, hasta el mes de junio de 2002, y que tramita bajo el Expediente N° 73.335/99;
Que habiendo transcurrido el plazo de 180 (ciento ochenta) días, establecido por la Ordenanza N° 45.892 - Decreto Regl. N° 507/95, la empresa ha requerido ante el Sector Centralización y Supervisión de Tareas en la Vía Pública, la devolución de las pólizas de caución correspondientes;
Que la citada Ordenanza establece la devolución de las garantías previa verificación del buen estado de los cierres definitivos de la vía pública ejecutados por la empresa;
Que el Sector Centralización y Supervisión de Tareas en la Vía Publica designado por Resoluciones Nros. 506, 719 y 899/SOYSP/2002 ha procedido a realizar la verificación según los planos conforme a obra presentados oportunamente bajo declaración jurada;
Que en la mencionada obra, se han detectado una serie de anomalías y deficiencias, las cuales la empresa debe proceder a reparar a solicitud del responsable designado por las Resoluciones Nros. 506, 719 y 899/SOYSP/2002, por esta Secretaría de Obras y Servicios Públicos;
Que para la obra ejecutada por la empresa NSS S.A. se han solicitado los permisos de apertura para la ejecución de la red en un todo de acuerdo a la metodología de obtención de permisos de apertura (Ordenanza N° 45.892 - Decreto Reglamentario N° 507/95),
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1° - Establécese que el responsable designado por Resoluciones Nros. 506, 719 y 899/SOYSP/2002 ordenará las reparaciones a ejecutar en la vía pública, por los cierres definitivos del total de los trabajos ejecutados durante el año 2001 y hasta junio de 2002 inclusive, realizados por la empresa NSS S.A. inscripta en el Registro de Empresas de Obras en la Vía Pública bajo el N° 152.308, verificando su correcta realización.
Artículo 2° - La empresa NSS S.A., procederá a ejecutar los trabajos de reparación de calzadas y/o veredas de la vía publica, cuyas ubicaciones se detallan en el Anexo I que, como parte integrante de esta Resolución, se anexa.
Artículo 3° - Una vez cumplimentado lo establecido en el artículo 2° de la presente, el Sector Centralización y Supervisión de la Vía Pública, (Resoluciones Nros. 506 , 719 y 899/SOYSP/2002), autorizará la desafectación y devolución de las pólizas de seguro de caución Nros. 310.473 / 310.474 / 310.475 / 310.476 / 310.477 / 310.478 / 310.479 / 310.480 / 310.481 y 310.482 emitidas por Alba Cía. Argentina de Seguros y la póliza N° 1.030.148 de la Cnía. Fata Seguros S.A.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para notificación fehaciente de la empresa NSS S.A. y posterior trámite, gírese al Sector Centralización y Supervisión de la Vía Pública (Resoluciones Nros. 506, 719 y 899/SOYSP/2002). Fatala
ANEXO I
EMPRESA NSS
DESCRIPCIÓN DE TRABAJOS A EJECUTAR
CALLE RECONQUISTA ENTRE RIVADAVIA Y ROJAS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
I. Fresado.
Ejecución del fresado de la capa de rodamiento existente
a) Bacheo profundo:
Se ejecutará el bacheo profundo según el siguiente instructivo:
a) Demolición de la superficie que involucre el bacheo.
b) Saneado hasta -0,40 m de profundidad.
c) Recuperación de la sub base con suelo cemento.
d) Recuperación del paquete estructural
Para el caso de reparación de pavimentos, sobre la sub-base, se construirá una base de hormigón simple de 0,20 m de espesor. El material utilizado será hormigón H30 de resistencia característica mínima, con una relación máxima a/c de 0,45 previamente al hormigonado, se limpiarán las superficies de contacto, eliminando totalmente las partes sueltas y el polvo de la superficie. El hormigón respetará los niveles de la base existente, con la precaución de dejar un mínimo de 5 cm de espesor para la carpeta asfáltica.
II. Recuperación de cunetas.
Donde corresponda, se recuperarán las cunetas con hormigón H30 y de acuerdo a las reglas del arte.
III. Carpeta de concreto asfáltico.
El recapado se ejecutará considerando las siguientes especificaciones técnicas:
Se construirá una carpeta de concreto asfáltico de 0,06 de espesor compactada hasta lograr el 98% de su densidad máxima y de las siguientes características:
IV. Nivelación de cámaras:
La Empresa NSS nivelará sus cámaras correspondientes a los que agregará el brocal de hormigón armado, la nivelación de cámaras de los restantes servicios correrá por cuenta de sus respectivas Empresas.
v. Demarcación Horizontal
Se ejecutará con material termoplástico reflectivo aplicado por extrusión en 3.00 mm de espesor. Fatala
ANEXOS
Ver archivo 1 |
a) Piedra 6/20 | 46 % |
b) Arena Granítica | 38 % |
c) Arena Silícea | 11 % |
d) Cemento Asfáltico 50/60 | 5 % |
e) Aditivo 1,5 litros por tonelada de Cemento Asfáltico. |