DECRETO 314 2016
Síntesis:
DESIGNACIÓN DE MIEMBROS PERMANENTES - CONSEJO PROMOCIÓN CULTURAL - LEY 2264 -JOSEFINA ROSALÍA DE LOS ÁNGELES DELGADO - PATRICIO BINAGHI - CARLOS ÁNGEL PORRONI - PRESIDENCIA - PRESIDENTE
Publicación:
23/05/2016
Sanción:
20/05/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 2264 (Texto consolidado por Ley N° 5454), los Decretos N° 886/07,
1135/09, 124/11 y 169/14, el Expediente N°12.689.632- MGEYA-DGTALMC-16, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.264 (Texto consolidado por Ley N° 5454) , se creó el
Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado a
estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos
culturales, estableciendo como autoridad de aplicación al Ministerio de Cultura;
Que para la aplicación del referido Régimen, se creó el Consejo de Promoción Cultural
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo la órbita del Ministerio de Cultura,
mediante el artículo 6° de la mencionada Ley;
Que los artículos 7° y 8° de la Ley precedentemente citada, establecen
respectivamente que el Sr. Jefe de Gobierno debe designar tres (3) de los seis (6)
miembros permanentes del mencionado Consejo, uno de los cuales deberá ejercer la
presidencia del Consejo, y que los miembros del mismo durarán dos (2) años en sus
cargos y podrán ser reelegidos por no más de dos períodos consecutivos y sin límites
en períodos alternados;
Que dicha Ley fue reglamentada por Decreto N° 886/07, modificado por el Decreto
1135/09, encomendando por el artículo 6° a la autoridad de aplicación, la propuesta no
vinculante de una terna de representantes, a fin de integrar dicho Consejo;
Que mediante Decretos N° 124/11 y 169/14 fueron designados los miembros
permanentes del Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que habiendo vencido los mandatos de los miembros permanentes designados
oportunamente y de conformidad con lo establecido en el artículo 8° de la Ley N° 2264
(Texto consolidado por Ley N° 5454), corresponde proceder a la designación de los
tres (3) miembros que integrarán dicho Consejo y determinar quien ejercerá la
Presidencia del mismo.
Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104
de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° -Desígnanse a las personas que a continuación se mencionan para
integrar, en calidad de miembros permanentes, el Consejo de Promoción Cultural de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por Ley N° 2.264 (Texto consolidado por
Ley N° 5454): Sra. Josefina Rosalía de los Ángeles Delgado - DNI N° 4.422.383. Sr.
Patricio Binaghi - DNI N° 25.560.458. Sr. Carlos Ángel Porroni - DNI N° 06.151.754.
Artículo 2°.- Encomiéndase el ejercicio de la Presidencia del Consejo de Promoción
Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Señor Carlos Ángel Porroni.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Lopérfido - Miguel