RESOLUCIÓN 274 2016 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

DELEGA ATRIBUCIONES - SUBDIRECTORAS/E GENERAL - SERVICIOS Y ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE - DICTADO - SUSCRIPCIÓN - ACTOS ADMINISTRATIVOS - IMPUESTO DE SELLOS - RESOLUCIONES - SANCIONES - DECLACIONES JURADAS - VENCIMIENTO - ACTAS DE NOTIFICACIÓN - COMUNICACINOES - GRANDES CONTRIBUYENTES Y EVALUACIÓN TRIBUTARIA - IMPUESTO INGRESOS BRUTOS - IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA - SERVICIOS ABL - MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - PATENTES SOBRE VEHÍCULOS - GRAVÁMENES ESTRUCTURA SOPORTES - PORTANTES DE ANTENAS - ACTAS NOTIFICACIÓN - VIGENCIA A PARTIR DE 1 DE JUNIO DE 2016.

Publicación:

31/05/2016

Sanción:

26/05/2016

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

EL ARTÍCULO 5° DEL CÓDIGO FISCAL (T.O. 2016) Y LAS RESOLUCIONES N°

366/AGIP/2015 (BOCBA N° 4656) Y N° 124/AGIP/2016 (BOCBA N° 4848), Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5° del Código Fiscal (t.o. 2016) faculta al Administrador Gubernamental

de Ingresos Públicos a delegar en los Directores Generales y/o Subdirectores

Generales y Directores dependientes de la citada Administración Gubernamental, la

suscripción de los actos y/o contratos que estime pertinentes y que se requieran para

el funcionamiento del servicio;

Que mediante la Resolución N° 366/AGIP/2015 se procedió a la actualización de las

delegaciones efectuadas a la Dirección General de Rentas, a la Dirección General de

Rentas Adjunta y a las Subdirecciones Generales de Técnica Tributaria, de Grandes

Contribuyentes y Evaluación Tributaria y de la entonces Subdirección General de

Recaudación y Atención al Contribuyente, actualmente denominada Subdirección

General de Servicios y Atención al Contribuyente;

Que por el dictado de la Resolución N° 124/AGIP/2016 se modificó la estructura

orgánico-funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

estableciendo una nueva distribución de funciones entre sus áreas organizativas;

Que en virtud de ello, se hace necesario proceder a establecer las delegaciones de

acuerdo a las nuevas responsabilidades de sus funcionarios.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Delégase en el/la Subdirector/a General de Servicios y Atención al

Contribuyente, el dictado y la suscripción de:

a. Actos administrativos sobre repeticiones, devoluciones y compensaciones del

Impuesto de Sellos, o el que en el futuro lo reemplace, con excepción de las

originadas en operaciones monetarias, cuando el monto de los mismos no supere la

suma de $ 20.000.- (Pesos veinte mil).

b. Resoluciones que apliquen sanciones por omisión de presentación de declaraciones

juradas a su vencimiento en los términos del Artículo 104 del Código Fiscal (t.o. 2016)

respecto de contribuyentes no incluidos en el universo de Grandes Contribuyentes.

c. Actas de notificación y comunicaciones de la aplicación de sanciones por omisión de

presentación de declaraciones juradas a su vencimiento respecto de contribuyentes no

incluidos en el universo de Grandes Contribuyentes.

Artículo 2.- Delégase en el/la Subdirector/a General de Grandes Contribuyentes y

Evaluación Tributaria, el dictado y la suscripción de:

a. Resoluciones que apliquen sanciones por omisión de presentación de declaraciones

juradas a su vencimiento en los términos del Artículo 104 del Código Fiscal (t.o. 2016)

respecto de contribuyentes comprendidos en el universo de Grandes Contribuyentes.

b. Resoluciones que apliquen sanciones por omisión de presentación de declaraciones

juradas a su vencimiento en los términos del Artículo 104 del Código Fiscal (t.o. 2016)

respecto de Agentes de Recaudación.

c. Resoluciones sobre repeticiones, devoluciones y compensaciones del Impuesto

sobre los Ingresos Brutos, o el que en el futuro lo reemplace, excluidas las

relacionadas con contribuyentes inscriptos en la categoría Régimen Simplificado,

cuando el monto de las mismas no supere la suma de $ 20.000.- (Pesos veinte mil).

d. Resoluciones sobre repeticiones, devoluciones y compensaciones del Impuesto

Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza,

Mantenimiento y Conservación de Sumideros; de Patentes sobre Vehículos en

General y de los Gravámenes sobre Estructura, Soportes ó Portantes de Antenas y de

la Contribución por Publicidad, o los que en el futuro los reemplacen, cuando el monto

de las mismas no supere la suma de $ 60.000.- (Pesos sesenta mil).

e. Resoluciones sobre repeticiones, devoluciones y compensaciones del Impuesto de

Sellos o el que en el futuro lo reemplace, tratándose de operaciones monetarias,

cuando el monto de las mismas no supere la suma de $ 60.000.- (Pesos sesenta mil).

f. Actas de notificación y comunicaciones de la aplicación de sanciones por omisión de

presentación de declaraciones juradas a su vencimiento respecto de contribuyentes

comprendidos en el universo de Grandes Contribuyentes y Agentes de Recaudación.

Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 1 de junio de

2016.

Artículo 4.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas y

Dirección General de Rentas Adjunta y a las Subdirecciones Generales de Técnica

Tributaria, de Servicios y Atención al Contribuyente y de Grandes Contribuyentes y

Evaluación Tributaria. Cumplido, archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 10 de la Resolución 609-AGIP-16 deja sin efecto la Resolución 274-AGIP-16.</p>