RESOLUCIÓN 2 2016 UNIDAD DE LA EVALUACION INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA LEY 5049
Síntesis:
UNIDAD DE EVALUACIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA - DESIGNA COORDINADORES GENERALES - OPERATIVOS - SILVINA ALEGRE - JEFA DE GABINETE - LORENA VANESSA LANDEO SCHENONE - ARIEL MARIO LUCARINI - LUIS EDUARDO ZIPITRIA - CELINA ARMENDARIZ - FLORENCIA SOURROUILLE - VALERIA DABENIGNO
Publicación:
09/06/2016
Sanción:
22/04/2016
Organismo:
UNIDAD DE LA EVALUACION INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA LEY 5049
VISTO:
La Ley N° 5049, los Decretos N° 514/14 y 363/16, la Resolución N° 1/UEICEE/16, el
EE-2016-09509587-UEICEE, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5049 se creó la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y
Equidad Educativa, ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de Educación;
Que la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa tiene como
objeto diseñar, desarrollar y coordinar la evaluación integral del sistema educativo de
la Ciudad de Buenos Aires, y como misión contribuir al mejoramiento de la calidad y
equidad educativa de todas las instituciones educativas de gestión estatal y privada en
el ámbito del Ministerio de Educación;
Que conforme a lo establecido en el artículo 17 inciso c) de la Ley N° 5049, es función
del Director Ejecutivo "aprobar la estructura orgánico- funcional, necesaria para el
funcionamiento de la Unidad pudiendo designar a directores generales a cargo";
Que mediante el Decreto N° 363/16 se aprobó la estructura orgánica funcional del
Ministerio de Educación contemplando en la misma a la Unidad de Evaluación Integral
de la Calidad y Equidad Educativa para ejercer las funciones conferidas mediante la
Ley N° 5.049;
Que a través de la Resolución N° 1/UEICEE/16 se aprobó la estructura organizativa de
la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa;
Que obrando fundamentos de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario
para el funcionamiento de la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad
Educativa, designar a los Coordinadores Generales y Operativos de las respectivas
Coordinaciones Generales y Operativas previstas, dictando el acto administrativo
pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso c) del artículo 17 de la Ley
N° 5049,
Artículo 1°.- Desígnanse a las personas que se detallan en el Anexo (IF-2016-
11341855- UEICEE), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, a
cargo de las Coordinaciones Generales y Operativas detalladas.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna, al Ministerio de Educación y a las
Subsecretarías del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Vinacur
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4900