RESOLUCIÓN 179 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA EQUIVALENCIAS ENTRE CURSOS DEL NOMENCLADOR GENERAL DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL - Resolución 1932-SED-02 - Y MÓDULOS DE LOS TRAYECTOS DE MECÁNICO DE SISTEMAS DE ENCENDIDO Y ALIMENTACIÓN Y DE MECÁNICO DE SISTEMAS DE INYECCIÓN DIESEL - FORMACIÓN TÉCNICA - SUBSECRETARÍA PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA
Publicación:
10/06/2016
Sanción:
17/05/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 22.899.204/MGEYA-DGPLINED/15, y
CONSIDERANDO:
Que es uno de los propósitos de política educativa el fortalecimiento de la formación
profesional mediante su actualización curricular, pedagógica y tecnológica;
Que las Resoluciones N° 2792-MEGC/10 y N° 2756-MEGC/14 establecen los criterios
generales para la definición de certificaciones de formación profesional y los criterios
curriculares de la educación técnico profesional, respectivamente;
Que con arreglo a dichas normas, se han aprobado los trayectos formativos
correspondientes a los certificados de Mecánico de Sistemas de Encendido y
Alimentación por Resolución N° 109-SSGECP/15, con la rectificación hecha por
Resolución N° 347-SSGECP/15 y de Mecánico de Sistemas de Inyección Diesel
mediante Resolución N°136 SSGECP/15, con la rectificación hecha por Resolución N°
375-SSGECP/15;
Que dichas Resoluciones se ajustan a los requisitos establecidos en los marcos de
referencia aprobados por Resolución CFE 48/08, Anexos II y III para los certificados de
Mecánico de Sistemas de Encendido y Alimentación, y Mecánico de Sistemas de
Inyección Diesel, respectivamente, para la homologación de certificados de formación
profesional a nivel nacional;
Que este Ministerio iniciará en el corriente año el trámite del proceso de homologación
de los citados trayectos formativos en el nivel nacional;
Que en la actualidad los egresados de cursos incluidos en el Nomenclador General de
Acciones de formación profesional -Aprobado por Resolución N° 1932-SED/02-
aspiran insertarse en los nuevos trayectos con el fin de obtener certificados
homologados en el orden nacional;
Que la mesa del sector profesional Mecánica Automotriz -integrada por la
Coordinación de Formación Profesional de la Gerencia Operativa de Educación y
Trabajo, la Gerencia Operativa de Currículum y los Centros de Formación Profesional-
acordó un conjunto de equivalencias entre los cursos del citado Nomenclador General
de Acciones de Formación profesional y los módulos formativos que componen los
trayectos de Mecánico de Sistemas de Encendido y Alimentación, y Mecánico de
Sistemas de Inyección Diesel aprobados por Resolución N° 109-SSGECP/15 -
rectificada por Resolución N° 347-SSGECP/15- y Resolución N° 136-SSGECP/15
-rectificada por resolución N° 375-SSGECP/15-, respectivamente; Que, en base a
dichas equivalencias, egresados de cursos del Nomenclador pueden acreditar
parcialmente el nuevo trayecto y su inserción en éste para obtener los nuevos
certificados homologados en el orden nacional;
Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe dichas equivalencias; Que
la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención
que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Apruébanse las equivalencias entre cursos del Nomenclador General de
Acciones de Formación Profesional -Resolución N° 1932-SED/02- y módulos de los
trayectos de Mecánico de Sistemas de Encendido y Alimentación aprobado por
resolución N° 109-SSGECP/15, rectificado por resolución N° 347-SSGECP/15, y
Mecánico de Sistemas de Inyección Diesel aprobado por resolución N° 136-
SSGECP/15, rectificado por resolución N° 375-SSGECP/15, según se detalla en el
Anexo (IF-2015-22910102-DGPLINED) que a todos sus efectos forma parte de la
presente.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense
las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión Económica
Financiera y Administración de Recursos, y de Gestión Educativa y Coordinación
Pedagógica, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de
Educación de Gestión Privada, de Educación Superior, de Planeamiento e Innovación
Educativa, de Administración de Recursos, a las Gerencias Operativas de Educación y
Trabajo y de Currículum y a las Direcciones de Educación Técnica y de Formación
Técnica Superior. Cumplido, archívese Azar
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4901