RESOLUCIÓN 152 2016 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
INCLUYE - CARÁCTER EXPERIMENTAL - TÉRMINO 90 DÍAS - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - JUAN ÁNGEL GOLFARINI ENTRE BLANCO ENCALADA Y OLAZABAL - NO A SE - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
28/06/2016
Sanción:
02/06/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N° EX-2016-14200372- -MGEYA-DGTYTRA, la Ley 2148, los Decretos
N° 363/2015 y 141/2016, a Resolución N° 201/SECTRANS/16, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente, surge el análisis de la cuadrícula circulatoria, que
integra la calle Dr. Juan Ángel Golfarini, entre la calle Blanco Encalada y la calle
Olazabal, la necesidad de asignarle sentido único de circulación de NO a SE, ya que
actualmente funciona con doble sentido de circulación, teniendo además ciclovía,
generándose trastornos en la zona;
Que la medida en cuestión, regularía la situación actual de la circulación de vehículos
en general, y a la vez mejora sustancialmente la fluidez circulatoria, en la zona de
influencia, teniendo en cuenta que la arteria tratada cuenta con una ciclovía;
Que acompañando el cambio de sentido, el estacionamiento en el tramo de arteria
mencionado, debe adecuarse al Título 7 del código de Tránsito y Transporte para la
Ciudad de Buenos Aires, norma de carácter general y conocimiento obligatorio;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Secretaría de Transporte
se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del
tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las
acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía
propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó en esta Subsecretaría de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para aprobar los cortes de calle y
cambios de sentido de circulación de las calles del tejido urbano de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N°
201/SECTRANS/16,
Artículo 1°.- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria: Dr. Juan
Ángel Golfarini, entre la calle Blanco Encalada y la calle Olazabal de NO a SE.
Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará la Gerencia
Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase
a la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a
la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana, a las Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de
Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y de Señalización Vial. Cumplido, remítase
a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito para los fines
propuestos en el artículo anterior. Cumplido, archívese. Terrile