RESOLUCIÓN 69 2016 AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION
Síntesis:
ENCOMENDACIÓN - MINISTRO DE HACIENDA - APROBACIÓN - ADECUACIONES PROVISORIAS DE PRECIOS - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - CONTRATOS DE OBRAS PÚBLICAS - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y DE SERVICIOS PÚBLICOS - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS APLICABLE A CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA - LEY NACIONAL 13064
Publicación:
30/06/2016
Sanción:
27/06/2016
Organismo:
AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACION
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5454), 2.809, 5.460, 5.503, el
Decreto N° 363/15, el Expediente Electrónico N° 13904393-MGEYA-ASINF-16, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5454) creó la Agencia de
Sistemas de Información como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional
y financiero en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su carácter de órgano rector en materia de tecnologías
de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo;
Que el artículo 10 de la citada normativa otorgó al Director Ejecutivo de la Agencia de
Sistemas de Información, entre otras, la función de organizar y reglamentar el
funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico-funcional, así
como los aspectos organizativos, operativos y de administración;
Que, asimismo, dicho plexo normativo facultó al Director Ejecutivo a administrar los
recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e
inversiones de conformidad con las normas legales vigentes;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 2.809 estableció el régimen de redeterminación de precios aplicable a
los contratos de obra pública regidos por la Ley N° 13.064 y sus modificatorias y a los
contratos de locación de servicios y servicios públicos que expresamente lo
establezcan;
Que la Dirección General Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de
Hacienda posee entre sus responsabilidades primarias, actuar como autoridad de
aplicación del Sistema de Redeterminación de Precios del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que en consideración a la experiencia en la diligencia de los tramites en dicha materia
que se han gestionado a través de la citada instancia, resulta necesario, a los fines de
lograr una mayor eficacia en los tramites de aprobación de adecuaciones provisorias
de precios en los contratos de obras públicas, en los de locación de servicios y de
servicios públicos, encomendar al Ministerio de Hacienda, como órgano técnico en la
materia, la aprobación de las mismas.
Por ello y conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 2.689 (Texto
Consolidado por Ley N° 5454),
Artículo 1°.- Encomiéndese al señor Ministro de Hacienda la aprobación de las
adecuaciones provisorias de precios en los contratos de obras públicas, en los de
locación de servicios y de servicios públicos, que se generen en el ámbito de la
Agencia de Sistemas de Información.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos aires,
comuníquese a la Dirección General Redeterminación de Precios dependiente del
Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Dougall