DISPOSICIÓN 142 2016 DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
Síntesis:
ACREDITA AL COMITÉ DE ÉTICA GEDYT SA - RENOVACIÓN DE MIEMBROS PERMANENTES - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN - NO SUSPENDE PLAZO DE VIGENCIA - DI-2016-03-DGDIYDP
Publicación:
12/07/2016
Sanción:
30/06/2016
Organismo:
DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
VISTO:
La Ley N° 3301, el Decreto N° 58/GCBA/2011, las Resoluciones N° 716/MSGC/2011 y
N° 1012/MSGC/2011, la Disposición Nro. DI-3-2016-DGDOINy el EX-16271240-
MGEYA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en
Salud, reglamentada por el Decreto N° 58/2011, establece el régimen para la actividad
de investigación en salud con seres humanos;
Que por Resolución N° 716/MSGC/2011 se conformó el Comité Central de Ética en
Investigación (CCE) conforme lo ordenado por el artículo 13 de la citada Ley;
Que dentro de las funciones de dicho Comité se encuentra la de acreditar la
constitución, funcionamiento y criterios de evaluación de los Comités de Ética en
Investigación (CEI) públicos y privados;
Que, en ese sentido, por Resolución N° 1012/MSGC/2011 se aprobaron los requisitos
y procedimientos para la acreditación de CEI pertenecientes a instituciones del
subsector público y privado de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, la Ley N° 3301 establece en el artículo 18 inciso 1 que la acreditación
de los Comités deberá ser renovada cada vez que su cuerpo permanente sufra
modificaciones;
Que, en ese sentido, por Expediente N°16271240/2016 el CEI GEDYT S.A acreditado
a través de la Disposición Nro. DI-2016-03-DGDIYDP solicita se le conceda la
renovación de su acreditación por modificación de sus miembros permanentes;
Que habiendo sido evaluado por el CCE y cumplido con los requisitos exigidos por la
normativa vigente corresponde otorgar la renovación de sus miembros permanentes al
Comité de Ética en Investigación del mencionado CEI;
Que, cabe advertir que la presente renovación no suspende el plazo de vigencia de 3
años a contarse desde la acreditación otorgada por Disposición Nro. DI-2016-03-
DGDIYDP;
Que, por el Decreto 58/GCBA/2011 establece en el artículo 13 que el Presidente del
CCE será el/la Director/a General de Docencia e Investigación.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1.- Acredítese al Comité de Ética GEDYT S.A por renovación de sus
miembros permanentes.
Artículo 2.- La presente acreditación no suspende el plazo de vigencia de 3 años a
contarse desde la acreditación otorgada por Disposición Nro. DI-2016-03-DGDIYDP.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su Conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Docencia e
Investigación y al CEI GEDYTS S.A. Alberti