RESOLUCIÓN 160 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA TECNICATURA SUPERIOR EN INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA - IMPLEMENTADO POR EL INSTITUTO SUPERIOR DE TECNICATURAS PARA LA SALUD - SEDE EN AMANCIO ALCORTA 2195 - DIRECCIÓN DE GENERAL DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA - MINISTERIO DE SALUD - VIGENCIA - TÍTULO HABILITANTE - REQUISITOS - CARGA HORARIA -DURACIÓN - SUPERVISIÓN CURRICULAR MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
14/07/2016
Sanción:
17/05/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 3.640.420/MGEYA-DGDOIN/15, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación con carácter experimental del
plan de estudios "Tecnicatura Superior en Instrumentación Quirúrgica", a
implementarse en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, dependiente de
la Dirección de General de Docencia e Investigación, en el ámbito de la Subsecretaría
de Planificación Sanitaria del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que la propuesta del plan de estudios mencionada precedentemente cumple con los
requisitos exigidos por la normativa federal y jurisdiccional vigente y ha sido elaborada
por representantes del citado Instituto Superior, con la colaboración del equipo técnico
de la Gerencia Operativa de Currículum, dependiente de la Dirección General de
Planeamiento Educativo y de la Dirección de Formación Técnico Superior,
dependiente de la Dirección General de Educación Superior;
Que por medio de la Resolución Conjunta N° 21-MEGC-MSGC/12 se aprobó el
Reglamento Orgánico del Instituto mencionado, estableciéndose en su artículo 2° que
el Ministerio de Educación, a través de los equipos técnicos pertenecientes a la
Gerencia Operativa de Curriculum y la Dirección de Formación Técnica Superior
precedentemente citadas brindarán asesoramiento y asistencia técnica y tendrán la
facultad de fiscalizar en todo lo atinente a los aspectos institucionales, académicos y
curriculares de las ofertas de formación técnico profesional del referido Instituto;
Que de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones N° 734-MEGC/10
modificada por sus similares N° 6.437-MEGC/11 y N° 2.926-MEGC/15, la Gerencia
Operativa de Currículum ha emitido dictamen favorable en los términos de la norma
citada;
Que esta Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa comparte la
evaluación realizada por la Gerencia Operativa de Currículum y avala la aprobación
del presente plan de estudios;
Que los gastos que demande la aplicación de la presente, serán atendidos con las
partidas correspondientes que el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene asignadas al Ministerio de Salud para el ejercicio fiscal pertinente;
Que la Dirección General de Planeamiento Educativo ha prestado su conformidad para
la aprobación de la presente propuesta;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 263-MEGC/16,
Artículo 1.- Apruébase con carácter experimental el Plan de Estudios de la
"Tecnicatura Superior en Instrumentación Quirúrgica", de conformidad con las
especificaciones y la correspondiente carga horaria docente que se detallan en los
Anexos I (IF-2016-11111333-SSPLINED) y II (IF-2016-11111683-SSPLINED)
respectivamente, que a todos sus efectos, forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Autorízase la implementación del plan de estudios aprobado en el artículo
1 en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud (02187700), dependiente de la
Dirección de General de Docencia e Investigación, en el ámbito de la Subsecretaría de
Planificación Sanitaria del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad, con sede en
Av. Amancio Alcorta N° 2195 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3.- Establécese que el proceso de implementación y seguimiento de la carrera
cuyo plan se aprueba en el artículo 1 de la presente será supervisado por la Dirección
de Formación Técnico Superior, dependiente de la Dirección General de Educación
Superior, conforme lo resuelto en la Resolución 21-MEGC-MSGC/12.
Artículo 4.- Encomiéndase a la Gerencia Operativa de Curriculum, dependiente de la
Dirección General de Planeamiento Educativo, a realizar una evaluación del plan de
estudios que se aprueba por el artículo 1, a los fines de juzgar su actualización y/o
necesidad de revisión, una vez cumplido el tiempo estimado de cursada de las tres (3)
primeras Cohortes, conforme los términos de la Resolución 21-MEGC-MSGC/12.
Artículo 5.- Establécese que la Dirección de Formación Técnico Superior, dependiente
de la Dirección General de Educación Superior, deberá gestionar ante este Ministerio
el inicio del trámite para la obtención de la validez nacional, de acuerdo con lo
establecido por la normativa nacional vigente correspondiente a títulos y certificados
de estudios de formación técnico superior. A tal efecto, obra el Cuadro de Adecuación
del Diseño Curricular a la Resolución CFE N° 34/07, Anexo III (Documento Base para
la Organización Curricular de la Tecnicatura Superior en Instrumentación Quirúrgica) y
a la Resolución N° 229-CFE/14, conforme se detalla en el Anexo III (IF-2016-
11112648-SSPLINED), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 6.- Establécese que los gastos que demande la implementación del plan de
estudios aprobado en el artículo 1 serán imputados a las partidas presupuestarias
especificas, que el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la
Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene asignadas
al Ministerio de Salud para el ejercicio fiscal correspondiente.
Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense
las comunicaciones oficiales pertinentes al Ministerio de Salud del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y a
las Direcciones Generales de Docencia e Investigación y, Legal y Técnica, a la
Dirección de Capacitación y Docencia y al Instituto Superior de Tecnicaturas para la
Salud de su dependencia y para su conocimiento y demás efectos pase a las
Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Coordinación Legal e
Institucional -Gerencia Operativa de Títulos y Legalizaciones-, de Educación Superior,
a la Dirección de Formación Técnico Superior, a la Gerencia Operativa de Currículum,
a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y
Perfeccionamiento Docente del Ministerio de Educación. Gírese a la Subsecretaría de
Planeamiento e Innovación Educativa. Cumplido, archívese. Azar
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4922