RESOLUCIÓN 2148 2016 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
DESIGNACION DE AGENTE - TRINIDAD LEDESMA - GERENTE OPERATIVA - GERENCIA OPERATIVA ASISTENCIA INTEGRAL - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y COORDINACIÓN GUBERNAMENTAL - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
15/07/2016
Sanción:
13/07/2016
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 (Texto consolidado por Ley N° 5.454) y 5.460, los Decretos Nros.
684/09, 335/11,571/11, 363/15 y 306/16, el Expediente Electrónico N° 15360401-
MGEYA-SSIUYCG-2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 363/15 fue aprobada la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 5° del citado decreto establece que los cargos del Régimen Gerencial
existentes al 10 de diciembre de 2015 permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe
la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el
Ministro de Hacienda realice las modificaciones de designaciones de personal de
acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de dicho decreto, es decir, hasta tanto realice
las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de los cambios
producidos por la Ley N° 5.460 y los Decretos N° 363/15 y modificatorios;
Que por Decreto N° 306/16 se modificó la estructura organizativa de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
quedando en consecuencia, parcialmente modificado el Decreto N° 363/15;
Que por el Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al Secretario de Recursos
Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales, su duración y el
plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de
antecedentes y oposición para los cargos de los mismos;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la
convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el
Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros propicia la designación de la Sra.
Trinidad Ledesma, DNI N° 33.174.259, CUIL N° 27-33174259-2, como Gerente
Operativa de la Gerencia Operativa Asistencia Integral, de la Dirección General
Coordinación Gubernamental, de la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y
Coordinación Gubernamental, de la Secretaría de Integración Social y Urbana, toda
vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual es
propuesta;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda, teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el actuado, ha verificado
la inexistencia de incompatibilidad de la agente propuesta para la cobertura transitoria
del cargo, de acuerdo con lo normado en el artículo 7° de la Ley N° 471;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley N°
5.460,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 01 de junio, con carácter transitorio, a la agente
Trinidad Ledesma, DNI N° 33.174.259, CUIL N° 27-33174259-2, como Gerente
Operativa de la Gerencia Operativa Asistencia Integral, de la Dirección General
Coordinación Gubernamental, de la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y
Coordinación Gubernamental, de la Secretaría de Integración Social y Urbana, de la
Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de
Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Coordinación Gubernamental, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, debiendo esta
última notificar fehacientemente a la interesada y a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos. Mura