LEY 5573 2016
Síntesis:
CALLES - TEXTO ORDENADO DE ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMOS - CALLES - GARCÍA DE COSSIO - DESDE COLECTORA DE AV GRAL PAZ HASTA SALADILLO - SALADILLO - DESDE TONELERO HASTA ZELADA - ARTERIAS - MANO ÚNICA - SENTIDO CIRCULATORIO
Publicación:
04/08/2016
Sanción:
23/06/2016
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
27/07/2016
Artículo 1°.- Asígnase sentido único de circulación a los siguientes tramos de arterias
en la forma que se indica:
- GARCÍA DE COSSIO, desde colectora de Av. Gral. Paz hasta Saladillo, de SO a NE.
- SALADILLO, desde Tonelero hasta Zelada, de NO a SE.
Art. 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 128-SSTRANS-2010 (B.O.C.B.A. N° 3505).
Art 3°.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 5.573 (Expediente Electrónico N° 17.166.125-
MGEYA-DGALE-2016), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en su sesión del día 23 de junio de 2016, ha quedado automáticamente
promulgada el día 27 de julio de 2016.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección
General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, archívese. Montiel