DISPOSICIÓN 2 2016 DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
Síntesis:
ACUERDA - ACTUACIÓN CONJUNTA ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN Y CONSOLIDACION NORMATIVA - ORIENTADA A UNIVERSITARIOS Y GRADUADOS BA-LEGISLA Y BA- FOAP - DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS - MINISTERIO DE GOBIERNO - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Publicación:
24/08/2016
Sanción:
10/08/2016
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
VISTO:
La Ley N° 5.460 y modificatoria, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, las
Resoluciones N° 94-SSGOBIER/14 y N° 75-MGOBGC/15, el Expediente N°
17.728.789-MGEYA-DGALE/16, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo normado por la Ley N° 5.460 y modificatoria, corresponde al
Ministerio de Gobierno entender en la capacitación y formación de dirigentes y
ciudadanos;
Que asimismo, corresponde al Ministerio de Gobierno intervenir en las relaciones con
la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 363/15 y modificatorios, asigna a la Dirección General Asuntos
Legislativos, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno,
la coordinación y articulación de las relaciones institucionales con la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que es de interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires capacitar
al ciudadano en lo referente al proceso legislativo, como así también, difundir,
promover y fomentar los mecanismos de participación ciudadana en dicho proceso, en
el que intervienen en forma activa tanto el Poder Legislativo como el Poder Ejecutivo y
que tiene por objetivo la elaboración de leyes, declaraciones y resoluciones que
regulan el accionar de los distintos actores sociales;
Que en este entendimiento, por Resolución N° 94-SSGOBIER/2014, se creó el
Programa BA Legisla que permite difundir la tarea legislativa y capacitar a través de un
abordaje metodológico, compuesto por actividades técnico-didácticas, instancias de
análisis y compresión, visitas a comisiones y sesiones legislativas, acompañadas por
encuentros de intercambio con los autores de los proyectos estudiados;
Que por Resolución N° 75-MGOBGC/2015, se creó el programa BA FOAP destinado a
la formación de asesores en procesos parlamentarios, ofreciendo de esta manera a los
participantes una nueva instancia de capacitación;
Que ambos programas, BA Legisla y BA FOAP, funcionan en la órbita de la Dirección
General Asuntos Legislativos dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del
Ministerio de Gobierno;
Que el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, le atribuyen a la Dirección General
Coordinación y Consolidación Normativa, dependiente de la Secretaria Legal y
Técnica, entre otras responsabilidades primarias, la de coordinar la gestión de los
proyectos de leyes y reglamentos y supervisar sus aspectos técnicos-legales, así
como la de intervenir en el procedimiento Constitucional de promulgación o veto de las
Leyes sancionadas por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que resulta conveniente articular tareas entre ambas Direcciones Generales, sobre la
base de sus respectivas misiones, para trabajar en forma conjunta en el diseño y
ejecución de acciones tendientes a abrir canales de cooperación orientados al fomento
de valores compartidos, actividades de divulgación, desarrollo de conocimientos e
investigación, y capacitación en el marco de los Programas BA Legisla y BA FOAP.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Acuérdase la actuación conjunta entre la Dirección General Asuntos
Legislativos y la Dirección General de Coordinación y Consolidación Normativa a fin de
efectuar la promoción y difusión de los Programas de Capacitación Legislativa
orientada a universitarios y graduados "BA-Legisla y BA- FOAP" que organiza la
Dirección General de Asuntos Legislativos.
Artículo 2°.- La Dirección General de Asuntos Legislativos proveerá de información y
material necesaria para la difusión que lleva a cabo la Dirección General de
Coordinación y Consolidación Normativa en la población específica donde desarrolla
sus actividades.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y a la
Dirección General de Coordinación y Consolidación Normativa, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Asuntos Legislativos dependiente de la Subsecretaría de Gobierno
del Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Domínguez Soler - Larosa