RESOLUCIÓN 358 2016 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - INVIERTE - CARÁCTER EXPERIMENTAL - CALLE OLGA COSSETTINI ENTRE EL BOULEVAR AZUCENA VILLAFLOR CALZADA SUR Y EL BOULEVAR AZUCENA VILLAFLOR CALZADO NORTE - SUR A NORTE - MANO ÚNICA - ARTERIAS - TRÁNSITO - SENTIDO CIRCULATORIO - SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
02/09/2016
Sanción:
18/08/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N° EX-2016-19342885- -MGEYA-DGTYTRA, la Ley N° 2148 y los
Decretos N° 363/15 y 141/16, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente, vecinos de los Complejos Terrazas del Dique, cito
en Puerto Madero, solicitan el cambio de sentido a la calle Olga Cossettini entre el
Boulevar Azucena Villaflor calzada Sur y el Boulevar Azucena Villaflor calzada Norte
de S a N;
Que estudiada la cuadrícula circulatoria, se llego a la conclusión de que es más
factible la realización de la inversión del sentido circulatorio de la calle Olga Cossettini
en el sector arriba mencionado;
Que la medida en cuestión, mejoraría sustancialmente la fluidez circulatoria del sector
evitando así mayores derroteros a los vecinos de la zona.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Invertir, con carácter experimental y por el término de NOVENTA (90)
días, en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto
ordenado referido a las calles con sentido único de circulación, asignándole sentido
único de circulación a calle Olga Cossettini entre el Boulevar Azucena Villaflor calzada
Sur y el Boulevar Azucena Villaflor calzada Norte de S a N.
Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórica) que proyectará la
Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito.
Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase
a la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a
la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana, Prefectura Naval Argentina, a las
Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las
Gerencias Operativas de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y de Señalización
Vial. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del
Tránsito para los fines propuestos en el artículo anterior. Cumplido, archívese. Terrile