DECRETO 667 1996
Síntesis:
DESESTIMA EL RECLAMO INTERPUESTO POR DIEGO F. TRAPASSI, SOLICITANDO LA INCLUSIÓN DE VEHÍCULO DOMINIO C 1.502.281 EN EL PADRÓN DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - DESESTIMACIÓN - DENEGACIÓN - TAXIS
Publicación:
06/08/1996
Sanción:
05/07/1996
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente Administrativo DJ. N° 1.202-92 c/agreg. Expediente N° 17.673/92, por el que tramita el reclamo interpuesto por el señor Trapassi, Diego Fabián D.N.I. N° 20.573.743, solicitando la inclusión del vehículo dominio C-1.502.281, en el Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, y
CONSIDERANDO:
Que el recurrente funda su pretensión exclusivamente en el Certificado de Reempadronamiento General de Taxis que hubiera emanado de esta Comuna obrante a fs. 3;
Que de los registros obrantes en este Municipio no surge la preexistencia de titularidad de la licencia que reclama;
Que a fs. 20 el agente Abel Emilio Cardellicchio se pronuncia sobre la firma inserta en el Certificado de Reempadronamiento General de Taxis que luce a fs. 3, desconociendo dicha atestación, extremo éste que permite negar la autenticidad de la principal prueba agregada:
Que la falsificación de firmas de los funcionarios actuantes, trasunta una conducta criminal, susceptible del consiguiente reproche;
Que en consecuencia cabe desestimar el reclamo interpuesto e impartir instrucciones a la Subsecretaría de Procuración General para que formule la correspondiente denuncia penal;
Por ello y de conformidad con lo dictaminado precedentemente por la Procuración General, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 31, inciso w) de la Ley Orgánica Municipal,
El Intendente Municipal
Artículo 1°- Desestímase el reclamo interpuesto por el señor Trapassi, Diego Fabián D.N.I. N° 20.573.743, impetrado en el Expediente DJ N° 1.202-92 c/agreg. Expediente N° 17.673/92, solicitando la inclusión del vehículo dominio C-1.502.281 en el Padrón de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.
Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Producción y Servicios.
Art. 3° - Dése intervención a la Subsecretaría de Procuración General a fin de que formule la pertinente denuncia penal.
Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Transporte y Tránsito. Cumplido, archívese.
NORMA PUBLICADA EN LA SEPARATA DEL BO N° 1