DECRETO NACIONAL 2356 2002

Síntesis:

CONVOCATORIA ELECTORAL - MODIFICACIÓN DE LOS DECRETOS NROS. 1.399-02, 1.401-02 Y 2.200-02 - NUEVA FECHA DEL LLAMADO A ELECCIONES NACIONALES PARA ELEGIR PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA NACIÓN, DIPUTADOS NACIONALES PARA EL PERIODO 2003-2007 Y SENADORES NACIONALES PARA EL PERIODO 2003-2009 - COMICIOS A REALIZARSE EL 27 DE ABRIL DE 2003 - ESTABLECE 18 DE MAYO DE 2003 COMO FECHA PARA UNA EVENTUAL SEGUNDA VUELTA ELECTORAL.

Publicación:

20/11/2002

Sanción:

19/11/2002

Organismo:

PODER EJECUTIVO NACIONAL


VISTO los Decretos N° 1399 y N° 1401, ambos del 5 de agosto de 2002 y N° 2200 del 30 de octubre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1399/02 se fijó el 30 de marzo de 2003 como fecha para la elección de Presidente y Vicepresidente de la Nación, estableciéndose el día 27 de abril de 2003 para una eventual segunda vuelta electoral, prevista en el artículo 96 de la Constitución Nacional.

Que por los Decretos N° 1401/02 y N° 2200/ 02 se fijó, también, el 30 de marzo de 2003 como fecha para la elección de Diputados y Senadores Nacionales, respectivamente.

Que por las razones que son de público conocimiento, resulta necesario modificar la fecha del llamado a elecciones nacionales.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 53 del Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley N° 19.945 (t.o. Decreto N° 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° Sustitúyense los artículos 1°, 2°, 3° y 4° del Decreto N° 1399/02 por los siguientes textos:

"ARTICULO 1° Fíjase el día 27 de abril de 2003, como fecha para la elección del Presidente y Vicepresidente de la Nación, para el período 2003-2007".

"ARTICULO 2° Fíjase el día 18 de mayo de 2003, para la eventual segunda vuelta electoral prevista en el artículo 96 de la Constitución Nacional".

"ARTICULO 3° Convócase al electorado de la NACION ARGENTINA, para que el día 27 de abril de 2003, proceda a elegir PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE de la Nación".

"ARTICULO 4° Convócase al electorado de la NACION ARGENTINA, para que el día 18 de mayo de 2003, proceda, si correspondiera, a elegir en segunda vuelta electoral PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE de la Nación".

Art. 2° Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 1401/02 por el siguiente:

"ARTICULO 1° Fíjase el día 27 de abril de 2003, como fecha para la elección de Diputados Nacionales para el período 2003-2007".

Art. 3° Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 2200/02 por el siguiente:

"ARTICULO 1° Fíjase el día 27 de abril de 2003 como fecha para la elección de Senadores Nacionales para el período 2003-2009".

Art. 4° Comuníquese al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 5° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Modifica la convocatoria electoral para diputados nacionales de la Ciudad de Buenos Aires.