RESOLUCIÓN 3878 2016 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICA RESOLUCIÓN 4776-MEGC-2006 - APRUEBA LINEAMIENTOS PARA EL USO DE EDIFICIOS ESCOLARES COMPARTIDOS - ACTA COMPROMISO MARCO - DIRECTORES - RECTORES - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - APRUEBA LINEAMIENTOS - INSTITUCIONES EDUCATIVAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
05/10/2016
Sanción:
21/09/2016
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
La Ley N° 5460, los Decretos N° 363/15 y 328/16, la Resolución N° 4776-MEGC/06, el
Expediente Electrónico N° 21.270.597/MGEYA-SSCPEE/16, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N° 5460 y su modificatoria de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires establecen que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los
Ministerios, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que a través de los Decretos N° 363/15 y su modificatorio 328/16, se aprobó la
estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;
Que en el marco de los referidos Decretos se creó la Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, cuyas responsabilidades primarias son entre otras
promover y evaluar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones
pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa,
como así también establecer mecanismos de articulación entre las unidades
educativas;
Que por Resolución N° 4776-MEGC/06 y modificatorias se aprobó el Reglamento del
Sistema Educativo de Gestión Pública del Ministerio de Educación del Gobierno de la
Ciudad autónoma de Buenos Aires - Reglamento Escolar-;
Que, por otra parte, el referido Reglamento establece la organización, principios y fines
de la educación, como así también regula los trámites, procedimientos y actuaciones
administrativas, la documentación escolar y estructuras burocráticas que intervienen
en los procesos en las distintas Áreas de Educación;
Que el artículo 17 del referido cuerpo legal establece que los Directores/as,
Rectores/as de los establecimientos involucrados tienen la facultad de establecer los
acuerdos necesarios mediante la firma de la documentación que organice la utilización
de dichos espacios, siendo sometida su aprobación a las Direcciones de Área
correspondientes;
Que el objetivo que se propone la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa es brindar un procedimiento integral que permita una organización
adecuada para facilitar la convivencia en los establecimientos educativos que
funcionen en edificios escolares compartidos;
Que asimismo, es pertinente construir compromisos, generar acuerdos para ir
elaborando instrumentos democráticos que regulen la vida cotidiana de la escuela y la
armónica convivencia entre instituciones que comparten edificio;
Que a los fines de sistematizar y otorgar un mayor dinamismo en los trámites y
procedimientos de los referidos acuerdos, corresponde proceder a la modificación del
citado Reglamento;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado debida
intervención dentro del marco de sus competencias.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Modifícase el artículo 17 de la Resolución N° 4776-MEGC/06 y sus
modificatorias, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 17:
EDIFICIOS ESCOLARES COMPARTIDOS. Los Directores/as, Rectores/as de cada
uno de los establecimientos serán responsables en forma conjunta de velar por el
orden y cuidado del edificio como así también de los bienes de uso común y no común
en los horarios correspondientes a su funcionamiento. A tal efecto los Directores/as,
Rectores/as de aquellas Instituciones que compartan un edificio escolar deberán firmar
un Acta Compromiso. La referida Acta se elevará por la vía jerárquica, siendo
obligatoria la evaluación y aprobación de la Dirección de Área y la Dirección General
correspondiente. En todos los casos, corresponde a la Subsecretaria de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa la facultad de autorizar la implementación del Acta
Compromiso".
Artículo 2.- Apruébanse los "LINEAMIENTOS PARA EL USO DE EDIFICIOS
ESCOLARES COMPARTIDOS", que como Anexo (IF-21276714/SSCPEE/2016),
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Apruébase el ACTA COMPROMISO MARCO que como Anexo (IF-
21276835/SSCPEE/2016), forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4.- Establézcase un plazo de hasta tres (3) meses a partir de la notificación de
la presente Resolución, para que las instituciones que se encuentren comprendidas
bajo el régimen establecido en el artículo 1, presenten el Acta Compromiso
correspondiente, a los fines de su evaluación y aprobación en conformidad con lo
resuelto por la presente.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a
las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación Superior y
a las Direcciones de Educación Inicial, Primaria, Especial, Media, Técnica, del Adulto y
Adolescente, Artística, Formación Docente y Formación Técnico Superior del
Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Acuña
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4980