RESOLUCIÓN 494 2016 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

PRORROGA RESOLUCIÓN 38-SSTYTRA-16 - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - CALLE CUENCA ENTRE JOSÉ CUBAS Y AV SALVADOR MARÍA DEL CARRIL DE NO A SE - ENTRE AV SALVADOR MARÍA DEL CARRIL Y GUTENBERG NORTE - SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Publicación:

12/10/2016

Sanción:

27/09/2016

Organismo:

SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE


VISTO:

El Expediente N° EX-2016-11128413-MGEYA-DGTYTRA, la Ley N° 2148 y sus

modificatorias y la Resolución N° 38/SSTYTRA/16, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución citada en el Visto se invirtió, con carácter experimental y

evaluativo, por el término de NOVENTA (90) días corridos, el sentido único de

circulación de la calle Cuenca, entre la calle José Cubas y la Av. Salvador María del

Carril de NO a SE;

Que por la misma norma, se restituyó con carácter experimental y evaluativo por el

término de NOVENTA (90) días corridos, el doble sentido de circulación vehicular a la

Cuenca, entre la Av. Salvador María Del Carril y la calle Gutenberg Norte;

Que las medidas adoptadas favorecieron la circulación de vehículos en los tramos de

arteria aludidos, contribuyendo a mejorar la fluidez vehicular en las área descriptas, lo

cual aconseja disponer la pertinente prórroga;

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que prorrogue por el

término de NOVENTA (90) días la Resolución N° 38/SSTYTRA/16.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Prorrogar por el término de NOVENTA (90) días corridos la Resolución N°

38/SSTYTRA/16, y hasta tanto la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

se expida sobre la misma, relativa a los sentidos de circulación en la calle Cuenca,

entre la calle José Cubas y la Av. Salvador María del Carril de NO a SE, y entre la Av.

Salvador María Del Carril y la calle Gutenberg Norte.

Artículo 2°.- Propiciar ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se

otorgue carácter definitivo al ordenamiento oportunamente aprobado.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Policía Metropolitana,

a las Direcciones Generales Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad

Vial y de Planificación de la Movilidad, y a la Gerencia Operativa de Planeamiento y

Ordenamiento del Tránsito. Cumplido, archívese. Terrile

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 494-SSTYTRA-16 prorroga por el término de NOVENTA días corridos la Resolución 38-SSTYTRA-16. </p>