RESOLUCIÓN 549 2016 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE INCLUYE CALLE CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMO DE CALLE MAURE - TEXTO ORDENADO DE ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MODIFICACIÓN - TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PERMISO DE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS
Publicación:
17/10/2016
Sanción:
13/10/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N° EX-2016-22560397- -MGEYA-DGTYTRA y la Ley N° 2148 (Texto
consolidado por Ley N° 5454), y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a los estudios por la Dirección General de Tránsito y Transporte sobre
la cuadrícula circulatoria que integra la calle Maure, entre las calles Cramer y Conesa,
surgió la necesidad de asignarle sentido único de circulación de NE a SO, ya que
actualmente funciona con doble sentido de circulación que provocan congestiones de
tránsito en la zona;
Que la medida en cuestión, regularizará la situación actual de la circulación de
vehículos en general y mejorará sustancialmente la fluidez circulatoria de la arteria
tratada;
Que para cubrir la demanda de estacionamiento en la zona resulta necesario permitirlo
junto al cordón de la acera derecha y junto a la acera izquierda durante las 24 horas;
Que en tal sentido, corresponde dictar el acto administrativo para incluir en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de la calle Maure, entre
las calles Cramer y Conesa de NE a SO y permitir el estacionamiento las 24 horas en
el mismo tramo.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Incluir, con carácter experimental y por el término de NOVETA (90) días,
en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado
referido a las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de la calle
Maure, entre las calles Cramer y Conesa de NE a SO.
Artículo 2° - Permitir, según el sentido de circulación durante las 24 horas, el
estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, en la calle
Maure, entre las calles Cramer y Conesa.
Articulo 3° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará la Gerencia
Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito.
Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana, a las Dirección
General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias
Operativas de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y de Señalamiento Vial.
Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del
Tránsito para los fines propuestos en el artículo anterior. Terrile