RESOLUCIÓN 172 2003 SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Síntesis:

INVIERTE EL SENTIDO DE CIRCULACIÓN DE UN TRAMO DE LA CALLE AZCUÉNAGA  DESDE JUNCAL A PEÑA - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - ARTERIAS - CALLES - MANO ÚNICA -   MODIFICA  CON CARÁCTER EXPERIMENTAL Y EVALUATIVO  EL DECRETO ORDENANZA 10407-47 -  

Publicación:

20/03/2003

Sanción:

07/03/2003

Organismo:

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS


Visto el Registro N° 438/CGPN°2N/02 y agregados, relacionados con la inversión del sentido único de circulación de la calle Azcuénaga, y

CONSIDERANDO:

Que se ha realizado una encuesta entre los vecinos y comerciantes de la calle Azcuénaga desde Beruti hasta Pacheco de Melo y sectores adyacentes, llevada a cabo por el Centro de Gestión y Participación N° 2;

Que la Dirección General de Tránsito y Transporte coincide con la opinión manifestada por el Centro de Gestión y Participación N° 2 (N), por lo que se estima oportuno invertir el sentido circulatorio de la calle Azcuénaga de Juncal a Peña de Sur a Norte;

Que la adopción de tal temperamento descongestionaría la calle Larrea toda vez que el tránsito proveniente de ésta en dirección hacia Av. del Libertador tendría tres alternativas para lograrlo, Juncal, French, Pacheco de Melo;

Que asimismo canalizaría directamente hacia Av. del Libertador al tránsito proveniente de las calles Dr. T. M. Anchorena y Ecuador;

Por ello conforme las atribuciones otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación aprobada por Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926);

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa (90) días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, invirtiéndose el sentido único de circulación de la calle Azcuénaga de Juncal a Peña de Sur a Norte.

Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Centro de Gestión y Participación N° 2 (N), a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido archívese. Fatala

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 172-SOYSP-03 invierte sentido circulatorio tramo de la calle Azcuénaga, modifica Dec.Ord. 10407-47
INTEGRADA POR
Disp. 229-DGTYT-03 fija fecha y hora la implementación del sentido único aprobado por la Res.172-SOYSP-03