RESOLUCIÓN 189 2016 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE CREA LA UNIDAD DE SERVICIO PATRIMONIAL DE 3 ORDEN GERENCIA GENERAL AUDITORÍA - COMUNAS DE LA SINDICATURA GENERAL - SE DESIGNAN AGENTES RESPONSABLES DE LA UNIDAD - CZIKK SOL MELODY - RUGGERI MARÍA ALEJANDRA
Publicación:
08/11/2016
Sanción:
01/11/2016
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70
(BOCBA N° 539), el Decreto N° 263/10 (BOCBA N° 3.396), las Resoluciones N° 126-
SGCBA/16 (BOCBA N° 4.893) y N° 158-SGCBA/16 (BOCBA N° 4.941), la Disposición
N° 82-DGCG/10 (BOCBA N° 3.425), el Expediente Electrónico N° 23.936.853-MGEYA-
SGCBA/16, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires personería jurídica
propia y autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es
designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley N° 70 otorga al/la Síndico/a General las
atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de
personal;
Que, asimismo, el inciso 5) del artículo citado, le concede las atribuciones de
"Designar a su personal, así como promover, aceptar renuncias, disponer cesantías,
exoneraciones y otras sanciones disciplinarias con arreglo al régimen legal vigente";
Que el Decreto N° 263/10 creó el Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes
de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 3° del Anexo del Decreto citado establece que "En cada repartición
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como
en los Organismos Descentralizados, debe funcionar una Unidad de Servicio
Patrimonial de segundo orden, coordinada por el Servicio Patrimonial de primer orden
que debe organizarse en cada OGESE";
Que también establece que "La designación de los agentes responde a la máxima
autoridad de cada repartición, debiendo comunicarse fehacientemente su identidad al
Órgano Rector del Sistema";
Que por Disposición N° 82-DGCG/10 se aprobó la Reglamentación al Sistema de
Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 3° del Anexo de la Disposición citada establece que los Servicios
Patrimoniales de 2° orden son unidades de registro y tienen responsabilidad
patrimonial;
Que además dispone que "(...) Los Servicios Patrimoniales de 3° y 4° orden son
unidades de registro auxiliares del Servicio Patrimonial de 2° orden respectivo,
debiendo elevar la información a éste último que es quien lo presenta ante el Órgano
Rector, tienen responsabilidad patrimonial por los bienes a su cargo";
Que asimismo, determina que "(...) Los Servicios Patrimoniales deberán estar a cargo
de al menos dos (2) agentes de planta permanente del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con las responsabilidades que le fije el Órgano Rector del
Sistema. Cuando el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda
cumplir con el requisito de designar al menos un agente de la planta permanente como
responsable de los bienes, deberá solicitar la excepción --debidamente fundada-- a la
máxima autoridad de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado, la que podrá
autorizarla por acto administrativo";
Que por Resolución N° 126-SGCBA/16 se designaron a los responsables de 2° orden
de esta Sindicatura General, se crearon las Unidades de Servicio Patrimoniales de 3°
orden y se designaron a sus responsables;
Que por Resolución N° 158-SGCBA/16 se adecuó la Estructura Orgánico Funcional de
la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se creó la Gerencia
General Auditoría de Comunas;
Que corresponde crear la Unidad de Servicio Patrimonial de 3° orden de la Gerencia
General Auditoría de Comunas de esta Sindicatura General;
Que los agentes responsables de la Unidad de Servicio Patrimonial Gerencia General
Auditoría de Comunas a designarse, revisten bajo la figura de locación de servicios
para prestar tareas en esta Sindicatura General, siendo necesaria para su
nombramiento, la utilización de la excepción establecida en el artículo 3° del Anexo de
la Disposición N° 82-DGCG/10 por no contar con personal de planta permanente en
esas áreas;
Que en consecuencia, corresponde realizar las designaciones de los responsables de
dicha Unidad;
Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que
resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen IF N° 24.237.057-
SGCBA/16.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 2) y 5) del artículo 130
de la Ley N° 70,
Artículo 1°.- Créase la Unidad de Servicio Patrimonial de 3° orden Gerencia General
Auditoría de Comunas de esta Sindicatura General.
Artículo 2°.- Autorícese, con carácter de excepción, la designación de los agentes de
la Unidad de Servicio Patrimonial Gerencia General Auditoría de Comunas.
Artículo 3°.- Desígnanse como responsables de la Unidad de Servicio Patrimonial de
3° orden de la Gerencia General Auditoría de Comunas a CZIKK Sol Melody, DNI N°
35.076.007 y a RUGGERI María Alejandra, DNI N° 25.393.929.
Artículo 4°.- Establécese que las personas designadas en el artículo 3° de la presente,
podrán realizar las tareas inherentes a su designación, actuando en forma conjunta,
indistinta, sucesiva o alternada.
Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese a las interesadas, publíquese en el Boletín Oficial
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de
Contaduría General dependiente del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido,
archívese. Freda