DISPOSICIÓN 28 2016 DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL E INSTITUCIONAL

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTO INTERNO - IMPLEMENTAR DISTINTAS REPARTICIONES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - LEY 1225 - GERENCIA OPERATIVA SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA AL DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL - VIOLENCIA LABORAL - VIOLENCIA DE SUPERIORES JERÁRQUICOS - VÍCTIMAS DE VIOLENCIA LABORAL

Publicación:

10/11/2016

Sanción:

03/11/2016

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL E INSTITUCIONAL


VISTO:

La Ley N° 1.225 (texto consolidado por Ley N°5454), el Decreto 328/16, el Expediente

Electrónico N° 24.673.143 /MGEYA-DGCLEI/16, y

CONSIDERANDO:

Que por intermedio de la presente se propicia la aprobación del procedimiento interno

que permita la continuidad de las acciones que se vienen implementando para la

aplicación de la Ley N° 1.225, su difusión y el servicio de orientación que dicha Ley

establece;

Que la Ley N° 1.225 tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia en el

ámbito laboral del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el

marco de la mencionada Ley se entiende por violencia laboral las acciones y

omisiones de personas o grupo de personas que, en ocasión del ámbito o relación

laboral, en forma sistemática y recurrente, atenten contra la dignidad, integridad física,

sexual, psicológica y/o social de un trabajador/a, mediante acoso sexual, abusos,

abuso de poder, ataques, amenazas, intimidación, amedrentamiento, inequidad

salarial, trato discriminatorio, maltrato físico, psicológico y/o social;

Que el régimen establecido por la Ley es aplicable a todo tipo de relación laboral,

quedando comprendido el personal que presta servicios con carácter permanente,

transitorio o contratado; Que al establecer el procedimiento aplicable la Ley prescribe

que la víctima debe comunicar al superior jerárquico inmediato la presunta comisión

del hecho ilícito sancionado por esta Ley, salvo que fuere éste quien lo hubiere

cometido, en cuyo caso debe informarlo al/la funcionario/a superior al/la denunciado/a

y la recepción de la denuncia debe notificarse al área de sumarios correspondiente, a

los efectos de instruir la actuación sumarial pertinente;

Que asimismo, determina que los organismos obligados deben establecer un

procedimiento interno, adecuado y efectivo en cumplimiento de la misma, cómo

facilitar y difundir su conocimiento, y establecer servicios de orientación, a fin de

promover que el ámbito de trabajo se encuentre libre de conductas que signifiquen

violencia laboral;

Que por su parte, la Ley establece que desde el inicio y hasta la finalización del

procedimiento sancionatorio, la autoridad interviniente debe adoptar todos los

recaudos necesarios que garanticen la confidencialidad, discrecionalidad y el

resguardo absoluto de la identidad de todos los involucrados;

Que el Decreto N° 328/16 modifica la estructura organizativa del Ministerio de

Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo las

responsabilidades primarias del nivel Gerencial;

Que dicho Decreto establece las responsabilidades primarias de la Gerencia Operativa

Servicio de Orientación Jurídica al Docente, a cargo de la Dirección General

Coordinación Legal e Institucional de dicho Ministerio, encontrándose entre las mismas

orientar las consultas formuladas en los procedimientos administrativos y legales de

situaciones tales como posibles situaciones de abuso;

Que asimismo establece las responsabilidades primarias de la Subgerencia Operativa

Sumarios y Empleo Público, dependiente de la misma Dirección General, entre las que

se encuentran intervenir en las actuaciones relativas a sumarios como instancia

preliminar a la actuación de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por lo expuesto y a los fines de continuar las acciones que se vienen

implementando para la aplicación de la Ley N° 1.225, su difusión y el servicio de

orientación que la misma ordena, deviene necesario establecer nuevas pautas para el

procedimiento interno a implementar por las distintas reparticiones dependientes del

Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE

COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL

DISPONE

Artículo 1.- Apruébase el procedimiento interno a implementar por las distintas

reparticiones dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en conformidad con el artículo 11 de la Ley N° 1.225 (texto

consolidado por la Ley N°5454), que como Anexo (IF-2016-24682058-DGCLEI) forma

parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Establézcase que la Gerencia Operativa Servicio de Orientación Jurídica al

Docente en coordinación con las restantes reparticiones del Ministerio de Educación,

desarrollarán las acciones de difusión del régimen establecido por la Ley N° 1.225,

como el procedimiento aprobado por el artículo N° 1 de la presente.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretarias Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa,

Carrera Docente, Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos,

Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones Generales Planeamiento y

Control de Gestión, Tecnología Educativa, Comunicaciones y Relaciones

Institucionales y a la Unidad de Proyectos Especiales Educación para la

Sustentabilidad. Cumplido, archívese. Colombo


ANEXOS

ANEXO de la Disposición 28-DGCLEI-16.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 28-DGCLEI-16, aprueba el procedimiento interno a implementar por las distintas reparticiones dle Ministerio de Educación, de confrormidad con el art. 11 de la Ley 1225 (texto consolidado). </p>