DISPOSICIÓN 28 2016 DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL E INSTITUCIONAL
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO INTERNO - IMPLEMENTAR DISTINTAS REPARTICIONES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - LEY 1225 - GERENCIA OPERATIVA SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA AL DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL - VIOLENCIA LABORAL - VIOLENCIA DE SUPERIORES JERÁRQUICOS - VÍCTIMAS DE VIOLENCIA LABORAL
Publicación:
10/11/2016
Sanción:
03/11/2016
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION LEGAL E INSTITUCIONAL
VISTO:
La Ley N° 1.225 (texto consolidado por Ley N°5454), el Decreto 328/16, el Expediente
Electrónico N° 24.673.143 /MGEYA-DGCLEI/16, y
CONSIDERANDO:
Que por intermedio de la presente se propicia la aprobación del procedimiento interno
que permita la continuidad de las acciones que se vienen implementando para la
aplicación de la Ley N° 1.225, su difusión y el servicio de orientación que dicha Ley
establece;
Que la Ley N° 1.225 tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia en el
ámbito laboral del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el
marco de la mencionada Ley se entiende por violencia laboral las acciones y
omisiones de personas o grupo de personas que, en ocasión del ámbito o relación
laboral, en forma sistemática y recurrente, atenten contra la dignidad, integridad física,
sexual, psicológica y/o social de un trabajador/a, mediante acoso sexual, abusos,
abuso de poder, ataques, amenazas, intimidación, amedrentamiento, inequidad
salarial, trato discriminatorio, maltrato físico, psicológico y/o social;
Que el régimen establecido por la Ley es aplicable a todo tipo de relación laboral,
quedando comprendido el personal que presta servicios con carácter permanente,
transitorio o contratado; Que al establecer el procedimiento aplicable la Ley prescribe
que la víctima debe comunicar al superior jerárquico inmediato la presunta comisión
del hecho ilícito sancionado por esta Ley, salvo que fuere éste quien lo hubiere
cometido, en cuyo caso debe informarlo al/la funcionario/a superior al/la denunciado/a
y la recepción de la denuncia debe notificarse al área de sumarios correspondiente, a
los efectos de instruir la actuación sumarial pertinente;
Que asimismo, determina que los organismos obligados deben establecer un
procedimiento interno, adecuado y efectivo en cumplimiento de la misma, cómo
facilitar y difundir su conocimiento, y establecer servicios de orientación, a fin de
promover que el ámbito de trabajo se encuentre libre de conductas que signifiquen
violencia laboral;
Que por su parte, la Ley establece que desde el inicio y hasta la finalización del
procedimiento sancionatorio, la autoridad interviniente debe adoptar todos los
recaudos necesarios que garanticen la confidencialidad, discrecionalidad y el
resguardo absoluto de la identidad de todos los involucrados;
Que el Decreto N° 328/16 modifica la estructura organizativa del Ministerio de
Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo las
responsabilidades primarias del nivel Gerencial;
Que dicho Decreto establece las responsabilidades primarias de la Gerencia Operativa
Servicio de Orientación Jurídica al Docente, a cargo de la Dirección General
Coordinación Legal e Institucional de dicho Ministerio, encontrándose entre las mismas
orientar las consultas formuladas en los procedimientos administrativos y legales de
situaciones tales como posibles situaciones de abuso;
Que asimismo establece las responsabilidades primarias de la Subgerencia Operativa
Sumarios y Empleo Público, dependiente de la misma Dirección General, entre las que
se encuentran intervenir en las actuaciones relativas a sumarios como instancia
preliminar a la actuación de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por lo expuesto y a los fines de continuar las acciones que se vienen
implementando para la aplicación de la Ley N° 1.225, su difusión y el servicio de
orientación que la misma ordena, deviene necesario establecer nuevas pautas para el
procedimiento interno a implementar por las distintas reparticiones dependientes del
Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Apruébase el procedimiento interno a implementar por las distintas
reparticiones dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en conformidad con el artículo 11 de la Ley N° 1.225 (texto
consolidado por la Ley N°5454), que como Anexo (IF-2016-24682058-DGCLEI) forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Establézcase que la Gerencia Operativa Servicio de Orientación Jurídica al
Docente en coordinación con las restantes reparticiones del Ministerio de Educación,
desarrollarán las acciones de difusión del régimen establecido por la Ley N° 1.225,
como el procedimiento aprobado por el artículo N° 1 de la presente.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Subsecretarias Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa,
Carrera Docente, Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos,
Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones Generales Planeamiento y
Control de Gestión, Tecnología Educativa, Comunicaciones y Relaciones
Institucionales y a la Unidad de Proyectos Especiales Educación para la
Sustentabilidad. Cumplido, archívese. Colombo
ANEXOS
ANEXO de la Disposición 28-DGCLEI-16.