DECRETO 576 2016

Síntesis:

ACEPTA - INSTITUCIÓN DE HEREDERO  - CAUSANTE EMILIA RAQUEL FENDRIK A FAVOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS RICARDO GUTIÉRREZ  - BIENES INTEGRANTES ACERVO SUCESORIO - AUTOS CARATULADOS FENDRIK EMILIA RAQUEL S-SUCESION TESTAMENTARIA - JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL N° 6 SECRETARÍA ÚNICA 

Publicación:

15/11/2016

Sanción:

14/11/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El Expediente Electrónico N° 4.167.870/MGEYA-HGNRG/2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita una institución de heredero en favor

del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y de la "Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer (LALCEC)", otorgado

por la causante, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados: "FENDRIK

EMILIA RAQUEL S/ SUCESION TESTAMENTARIA" expediente judicial N° 97988/13,

por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 6, Secretaria Única de

esta Ciudad;

Que la causante, mediante testamento otorgado por escritura pública de fecha 18 de

septiembre de 2003, ha instituido como únicos y universales herederos de todos los

bienes al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y a la "Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer (LALCEC)", en

partes iguales y con derecho a acrecer de la totalidad de los bienes que integran el

acervo hereditario de la causante;

Que habiendo fallecido la señora Fendrik con fecha 21 de octubre de 2013, conforme

surge de la partida de defunción glosada en los autos mencionados, corresponde

aceptar la institución de heredero de acuerdo a los términos del testamento;

Que el referido testamento no dispone mandas ni cargas por cumplir;

Que la Dirección General de Asuntos Patrimoniales de la Procuración General de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires considera conveniente para los intereses del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la aceptación de la institución de

heredero efectuada por la causante a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo

Gutiérrez" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Art. 104, inciso 16 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo1°.- Acéptase la institución de heredero efectuada por la causante, señora

Emilia Raquel Fendrik, a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez"

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre la proporción correspondiente a los

bienes que integran el acervo sucesorio de los autos caratulados: "FENDRIK EMILIA

RAQUEL S/ SUCESION TESTAMENTARIA", expediente judicial N° 97988/13, en

trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 6, Secretaría

Única de esta Ciudad.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, por el

señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Salud, al Ministerio de Hacienda y al Hospital General de

Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Bou Pérez - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 6333 declara innecesarios para a gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los inmuebles legados por Decreto 576/16, y aprueba la subasta pública.</p>