RESOLUCIÓN 653 2016 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE INCLUYE EN LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO-ORDENANZA 10407/47 A CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CARÁCTER EXPERIMENTAL - GREGORIO DE LAFERRERE - JUSTO ANTONIO SUÁREZ - SAN PEDRO - TIMOTEO GORDILLO - CAÑADA DE GÓMEZ - COSQUÍN - ANDALGALÁ - PILA - BARRIO DE MATADEROS
Publicación:
23/11/2016
Sanción:
07/11/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N.° EX-2016-24689035- -MGEYA-DGTYTRA y La Ley N.° 2148 (texto
consolidado por Ley N.° 5454), y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente, a solicitud de vecinos y con acuerdo de la Junta
Comunal N° 9, surge la necesidad de asignar sentido único de circulación a distintas
avenidas y calles, localizadasen el Barrio de Mataderos;
Que la medida solicitada fue analizada técnicamente y mejorará sustancialmente la
fluidez circulatoria, en la zona de influencia, de estas arterias.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N.°
201/SECTRANS/16,
Articulo 1° - Incluir, con carácter experimental y por el término de NOVENTA (90) días,
en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado
referido a las calles con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de
arterias:
Gregorio de Laferrere entre la Colectora de la Av. Gral. Paz y la calle Carhué de SO a
NE.
Justo Antonio Suárez entre la Av. Lisandro de la Torre y Colectora de la Av. Gral Paz
NE a SO.
San Pedro entre la Colectora de Av. Gral Paz y Av. Lisandro de la Torre de SO a NE.
Gral. Eugenio Garzón entre Av. Lisandro de la Torre y Colectora de la Av. Gral Paz de
NE a SO.
Timoteo Gordillo entre las calles Justo Antonio Suárez y José E. Rodo de SE a NO.
Cañada de Gómez entre las calles Bragado y Justo Antonio Suárez de NO a SE.
Cosquín entre la calle Justo Antonio Suárez y José Rodo de SE a NO.
Andalgalá entre las calles Tonelero y Justo Antonio Suarez de NO a SE.
Av. Cnel. Cárdenas entre Juan B.Alberdi y Av. Directorio NO a SE.
Erasmo entre la Colectora de la Av. Gral. Paz y la calle José León Suárez de SO a NE.
Pila entre la calle José León Suárez y la Colectora de la Av. Gral. Paz de NE a SO.
Articulo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórico) que proyectará la
Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito.
Artículo 3°- - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Junta Comunal N° 9, a la Dirección General de Tránsito y
Transporte, a la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana, a las Dirección
General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias
Operativas de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito y de Señalamiento Vial.
Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del
Tránsito para los fines propuestos en el artículo anterior. Terrile