DECRETO 611 2016

Síntesis:

CREA SECCIÓN OBSTÉTRICA - DIVISIÓN OBSTETRICIA - ÓRBITA DE LOS DEPARTAMENTOS MATERNO INFANTO JUVENIL - MATERNO INFANTIL - TOCOGINECOLOGÍA - DIVISIÓN TOCOGINECOLOGÍA -  HOSPITALES GENERALES DE AGUDOS - DR COSME ARGERICH - DR JUAN A FERNÁNDEZ - DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI - DR TEODORO ÁLVAREZ - DR JOSÉ M RAMOS MEJÍA - DR PARMENIO T PIÑERO - DR IGNACIO PIROVANO  - RAMÓN SARDÁ - DR CARLOS G DURAND - JOSÉ M PENNA - DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD - BERNARDINO RIVADAVIA - APRUEBA LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES A LA SECCIÓN OBSTÉTRICA - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

12/12/2016

Sanción:

06/12/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes Nros. 153 y 5460 y su modificatoria N° 5.503 (Textos consolidados

conforme Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 5164/83 y modificatorios, 188/94 y 363/15

y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 2016-22159275-MGEYA-

DGAYDRH, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 5.164/83 y modificatorios, se estableció la estructura

orgánico funcional de la entonces Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente;

Que por su parte, el Decreto N° 188/94 aprueba la estructura orgánica funcional

correspondiente a los ex Hospitales Nacionales Transferidos conforme a las redes de

servicio y nivel de complejidad, entre ellos el Hospital General de Agudos Bernardino

Rivadavia;

Que la Ley Básica de Salud N° 153, en su artículo 24 establece que los efectores son

los hospitales generales de agudos, hospitales generales de niños, hospitales

especializados, centros de salud polivalentes y monovalentes, médicos de cabecera, y

toda otra sede del subsector estatal en la que se realizan acciones de salud;

Que la mentada Ley instaura que los efectores mencionados deberán adecuar la

capacidad de resolución de sus servicios a los niveles requeridos por las necesidades

de las redes locales y jurisdiccionales;

Que por su parte, la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la

eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de

sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de

ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre ellos al Ministerio de Salud;

Que mediante Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que de acuerdo a ello, le compete al Ministerio de Salud la planificación y

administración de los recursos del Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, todo ello de conformidad con los principios y objetivos

establecidos en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la

normativa vigente;

Que en atención a la constante demanda de prestaciones y prácticas obstétricas,

resulta necesario la creación de secciones obstétricas, considerando los servicios que

ofrece, a fin de que cuenten con los recursos humanos capacitados para brindar la

atención adecuada al grupo vulnerable de embarazadas y puérperas;

Que en ese sentido, la Ministra de Salud propicia la creación de la Sección Obstétrica

en los Hospitales Generales de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", "Dr. Cosme Argerich",

"Dr. Carlos G. Durand", "Dr. Juan A. Fernández", "Dr. José M. Penna", "Dr. Parmenio

Piñero", "Dr. Ignacio Pirovano", "Dr. José M. Ramos Mejía", "Bernardino Rivadavia",

"Donación Francisco Santojanni", "Dalmacio Vélez Sarsfield" y en el Hospital Materno

Infantil "Ramón Sardá;

Que las acciones de las áreas a crearse, comprenden el control prenatal, puerperal,

consultorio de lactancia, consultorio de procreación responsable, prácticas de

monitoreo, así como otras acciones de carácter grupal, tales como la preparación

integral para la maternidad;

Que, en virtud de lo expuesto resulta oportuno modificar parcialmente la Estructura

Orgánico Funcional de los Hospitales Generales de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez",

"Dr. Cosme Argerich", "Dr. Carlos G. Durand", "Dr. Juan A. Fernández", "Dr. José M.

Penna", "Dr. Parmenio Piñero", "Dr. Ignacio Pirovano", "Dr. José M. Ramos Mejía",

"Bernardino Rivadavia", "Donación Francisco Santojanni", "Dalmacio Vélez Sarsfield" y

en el Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá.

Por ello, y en uso de facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créase la Sección Obstétrica dependiente de la División Obstetricia en la

órbita de los Departamentos Materno Infanto Juvenil de los Hospitales Generales de

Agudos: "Dr. Cosme Argerich", "Dr. Juan A. Fernández" y "Donación Francisco

Santojanni", todos ellos dependientes del Ministerio de Salud.

Artículo 2°.- Créase la Sección Obstétrica dependiente de la División Obstetricia en la

órbita de los Departamentos Materno Infantil de los Hospitales Generales de Agudos:

"Dr. Teodoro Álvarez", "Dr. José M. Ramos Mejía", "Dr. Parmenio T. Piñero" y "Dr.

Ignacio Pirovano todos ellos dependientes del Ministerio de Salud.

Artículo 3°.- Créase la Sección Obstétrica dependiente de la División Obstetricia en la

órbita del Departamento Tocoginecología del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá"

dependiente del Ministerio de Salud.

Artículo 4°.- Créase la Sección Obstétrica dependiente de la División Tocoginecología

en la órbita del Departamento Materno Infanto Juvenil del Hospital General de Agudos

"Dr. Carlos G. Durand" dependiente del Ministerio de Salud.

Artículo 5°.- Créase la Sección Obstétrica dependiente de la División Tocoginecología

en la órbita del Departamento Materno Infantil del Hospital General de Agudos "Dr.

José M. Penna" dependiente del Ministerio de Salud.

Artículo 6°.- Créase la Sección Obstétrica dependiente de la Unidad Obstetricia en la

órbita de la División Materno Infantil del Hospital General de Agudos "Dalmacio Vélez

Sarsfield" dependiente del Ministerio de Salud.

Artículo 7°.- Créase la Sección Obstétrica dependiente de la Unidad Obstetricia en la

órbita del Departamento Materno Infantil del Hospital "Bernardino Rivadavia"

dependiente del Ministerio de Salud.

Artículo 8°.- Apruébanse las acciones correspondientes a la Sección Obstétrica que se

crean por los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7°, conforme al Anexo I (IF-2016-

26339830-DGAYDRH), el a todos sus efectos forma parte integrante del presente.

Artículo 9°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 10°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, por el

señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 11°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las

Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del

Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás

efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido archívese. RODRÍGUEZ LARRETA

- Bou Pérez - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5023

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Articulo 4° del Decreto N° 93/24 abroga el Decreto N° 611/16.</p>
MODIFICA
<p>Arts 1 al 7 del Decreto 611-16, crean la Sección Obstétrica en los Hospitales Generales de Agudos Dr. Teodoro Álvarez, Dr. Cosme Argerich, Dr. Carlos G. Durand, Dr. Juan A. Fernández, Dr. José M. Penna, Dr. Parmenio Piñero, Dr. Ignacio Pirovano, Dr. José M. Ramos Mejía, Bernardino Rivadavia, Donación Francisco Santojanni, Dalmacio Vélez Sarsfield y en el Hospital Materno Infantil Ramón Sardá, modificando parcialmente el Decreto 5164-83.</p>