DECRETO 1508 2001

Síntesis:

PROMULGA LA LEY 635

Publicación:

10/10/2001

Sanción:

03/10/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


En uso de las facultades conferidas por el Artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 635, (Expediente N° 62.357-2001), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 6 de septiembre de 2001.

Dése al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Planeamiento Urbano.

El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano, de Hacienda y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGA