DECRETO 6540 1991

Síntesis:

PROMULGA ORDENANZA N° 45.425 -DECRETO PROMULGATORIO

Publicación:

19/05/1992

Sanción:

30/12/1991

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Atento que de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 31 del Decreto-Ley N° 19.987 (B.M. N° 14.454), la Ordenanza N° 45.425 (Expediente N° 79.514/91) ha quedado automaticamente promulgada. Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, gírese copia a la Dirección General Legislativa de ese Honorable Cuerpo por intermedio de la Dirección General Coordinación con el Honorable Concejo Deliberante y gírese a la Subsecretaría de Inspección General, para la intervención de la “Comisión de Siniestros”, que funciona en dependencias de su jurisdicción, a efectos de que emita opinión y acompañe la respectiva propuesta, atento lo determinado por la ordenanza de que se trata y lo informado por la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro a fojas 4/4 vuelta.

El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras y Servicios Públicos y de Gobierno.

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