RESOLUCIÓN 218 2016 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

APRUEBA EL MANUAL DE POLÍTICAS DE LA CALIDAD - GESTIÓN DE CALIDAD - AUDITORIA INTERNA - NORMAS IRAM-ISO 9001:2015 - ESTRUCTURAS DEL MODELO CAF - AGENTES FACILITADORES - LIDERAZGO - MANUAL DE CALIDAD - GESTIÓN DE RECURSOS - ORGANIGRAMA - SINDICATURA GENERAL 

Publicación:

30/12/2016

Sanción:

22/12/2016

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N° 70

(BOCBA N° 539) y N° 5.666 (BOCBA N° 5.014), las Resoluciones N° 96-SGCBA/11

(BOCBA N° 3.803) y N° 158-SGCBA/16 (BOCBA N° 4.941), el Expediente Electrónico

N° 26.198.282-MGEYA-SGCBA/16, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de

las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa

y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo, con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que, asimismo, la calidad de órgano rector del Sistema de Control Interno que el

citado artículo de la Constitución de la Ciudad ha otorgado a esta Sindicatura General,

contempla la facultad de dictar las normas que permitan la estructuración y

mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno;

Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fijó los Sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires,

y estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 120 de la Ley citada establece que el Sistema de Control Interno

comprende el plan de organización y todos los métodos y procedimientos que en

forma coordinada adopta el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en

todas las jurisdicciones que componen la administración central y descentralizada;

Que conforme la norma referida, constituyen propósitos del Sistema de Control Interno

el suministro de información suficiente, confiable y oportuna, así como la promoción de

la eficacia, eficiencia y economía de las operaciones;

Que en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 130 inciso 2) de la Ley

citada en los considerandos precedentes, el/la Síndico/a General, cuenta con

facultades suficientes para organizar y reglamentar el funcionamiento interno del

organismo, en sus aspectos operativos y funcionales;

Que por Resolución N° 96-SGCBA/11 se formalizó, en el ámbito de esta Sindicatura

General, el "Sistema de Gestión de la Calidad y Mejora Continua" conforme la Norma

ISO 9001:2008;

Que, a su vez, la Conducción de esta Sindicatura General, estableció la Política de la

Calidad asumiendo el compromiso de su implementación y actualización permanente;

Que el Sistema de Gestión de la Calidad es una herramienta que promueve la

optimización permanente del Sistema de Control Interno;

Que a fin de lograr la mejora continua del Sistema de Control Interno y en miras de

una mayor eficacia y eficiencia en el ejercicio de control por parte de esta Sindicatura

General, deviene necesario aprobar un Manual de Políticas de la Calidad que describa

los criterios y el enfoque general con que se ha diseñado el Sistema de Gestión de la

Calidad;

Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención correspondiente

en virtud de las misiones y funciones establecidas por la Resolución N° 158-

SGCBA/16;

Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta

de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 27.197.928-SGCBA/16.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 120 y 130 inciso 2) de

la Ley N° 70,

LA SÍNDICA GENERAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el Manual de Políticas de la Calidad aplicable a la Sindicatura

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I, IF N°

27.504.092-SGCBA/16, forma parte de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Síndico/a General Adjunto/a, a las Gerencias Generales Auditoría

Jurisdicción I y II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas, a la Gerencia

Relaciones Institucionales, a la Secretaría General de la Sindicatura General de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5037