DECRETO 680 2016
Síntesis:
APRUEBA NORMAS ANUALES DE EJECUCIÓN Y APLICACIÓN - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN - EJERCICIO FISCAL 2017 - COMPETENCIAS - OGEPU - PARTIDAS LIMITATIVAS E INDICATIVAS - MODIFICACIONES DE CRÉDITOS - PROGRAMACIÓN Y REPROGRAMACIÓN - GESTIÓN FINANCIERA - PRESUPUESTO - RECURSOS AFECTADOS Y PROPIOS - GASTOS PLURIANUALES - JURISDICCIONES Y ORGANISMOS NO INTEGRADOS AL SIGAF
Publicación:
02/01/2017
Sanción:
29/12/2016
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.724, el Decreto N° 668/16, el Expediente N° 27.785.214/2016-MGEYA-
DGOGPP, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 5.724, promulgada por el Decreto N° 668/16, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2017;
Que, de conformidad con el artículo 31 de la citada ley, corresponde dictar las Normas
Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2017;
Que, de acuerdo con las disposiciones del artículo 26 de la Ley N° 5.724, el Poder
Ejecutivo está autorizado para efectuar delegaciones de sus competencias en materia
de reestructuraciones, modificaciones y ampliaciones del presupuesto, a efectos de
desconcentrar y agilizar su gestión;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Apruébanse las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del
Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2017 que, como Anexo (IF-2016-27925656-
DGOGPP), forman parte integrante del presente.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la
Dirección General Asuntos Legislativos, a los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías
dependientes del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General
de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Contaduría.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura p/p
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5038