DISPOSICIÓN 48 2017 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - EATC
Síntesis:
DESIGNA POR CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO A PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLON - GANADORES - ESCULTURA - MANUELA IRASTOZA - PABLO QUEIJAS - FLORENCIA ALARCIA - LUMINOTECNIA - GASTON ROMERO - VICTOR OLIVERA - CASELLA HORN LUIS - HINDRYCKX FRANCISCO - PABLO ALVARADO - MAQUINARIA ESCENICA - JUAN ZAMBARBIERI - VELAZQUEZ CARLOS - RIOS MATIAS - AZZINARI GERMAN - TORRES ANIBAL - MERELES GUERRERO GUILLERMO - SCHINONI BRUNO - LABANTE RODRIGO - ALEJANDRO MONTENEGRO - GOMEZ AGUSTIN - PELUQUERIA Y CARACTERIZACIÓN - FEDERICO ZAMBELLI - CAMILA GIRO - MARIA OLIVEIRA ROVATI - PINTURA Y ARTESANIA - MELINA OVIEDO - GEORGINA SALVANHAC -PRODUCCIÓN EJECUTIVA - ANGELA DE PIETRANTONIO - TAPICERIA - LUCAS GARRO - LUCAS MAIDANA TORRES UTILERIA - EMANUEL CASSANO - VICTOR D´ALOISIO - JORGE FERNANDEZ - FEDERICO SUAREZ - DIEGO MOYANO - AUDIO - GERMAN BRUSELLA - ALEXANDER GARCIA - THOMAS PANOZZO DAINO - EMILIANO SCARCASALE - VIDEO - SAUL RIVAS BERRIOS - MATIAS TARRES - ELECTRÓNICA - HERNAN GRETTER TEJERA ELECTRICIDAD ESCENICA - PRODUCCIÓN ESCENOTECNICA - CARMEN AUZMENDI - FERNANDO RODRIGO - ALAN GATTI CELLERI - VANEZA GALLELLI - ESCENOGRAFIA - GUSTAVO BUJAN - MARIA PIA FORASTIERE - PAULA VICHARELLI - HERNAN LORENZO - NICOLAS ANCONA - JORGE ESPINOZA - MARIA SANCHEZ - EFECTOS ESCENICOS - GUILLERMO CABALLERO - CONDICIONES - PROCEDIMIENTO - NOTIFICACIÓN - PLAZOS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - LEY 471
Publicación:
13/01/2017
Sanción:
10/01/2017
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - EATC
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 471 (texto consolidado en
la Ley N° 5.454), N° 2.855 (texto consolidado en la Ley N° 5.454) y N° 4.893, los
Decretos N° 720/02 y N° 1.342/08, las Resoluciones N° 1035 y N° 1079/EATC/2016, el
Expediente Electrónico N° 21800335/MGEYA/DGEEATC/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
43°, que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad
y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y se reconocen y
organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por
Concurso Público y Abierto;
Que, así también el artículo 32° de la Constitución de la Ciudad, contempla la
participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la
evaluación de políticas culturales;
Que, mediante la Ley N° 2.855, modificada por la Ley N° 4.893, se crea el Ente
Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en
esa ley, reglamentándose sus términos mediante el Decreto N° 1.342/08;
Que, el artículo 26° de la nombrada ley, dispone que la administración de los recursos
humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus normas
reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que, mediante la Resolución N° 1079/EATC/2016 se llamó a Concurso Público y
Abierto para la cobertura de vacantes en la Dirección General Escenotécnica del Ente
Autárquico Teatro Colón, para lo cual se aprobó el Reglamento del Concurso, la
composición del jurado y las bases para la evaluación de idoneidad funcional, todo lo
cual fuera elaborado por la Comisión Laboral de Interpretación creada por el artículo
16° del Decreto N° 720/02, cuya conformación fuera establecida por la Resolución N°
1035/EATC/2016;
Que, efectuada la publicidad del Concurso de acuerdo con lo dispuesto por el artículo
8° de su Reglamento, se abrió el período de inscripción, en el cual se anotaron
doscientos treinta y nueve (239) postulantes, aprobándose la nómina de doscientos
cinco (205) concursantes y treinta y cuatro (34) postulantes excluidos;
Que, con posterioridad a la inscripción y admisión, el jurado procedió a realizar las
evaluaciones de idoneidad funcional y de antecedentes laborales y curriculares
previstas en los artículos 25° y 26° del Reglamento del Concurso respectivamente y
confeccionó el orden de mérito provisorio, de acuerdo a lo previsto en el artículo 28°
del referido Reglamento;
Que, el orden de mérito provisorio fue publicado durante dos (2) días en la cartelera de
la Dirección General de Recursos Humanos del Autárquico Teatro Colón, notificado
por correo electrónico a los concursantes y publicado en la página Web del Teatro
Colón, dándose cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 28° del Reglamento del
Concurso, sin que se hubieran recibido impugnaciones, razón por la cual el orden
provisorio debe ser considerado definitivo en los términos de los artículos 31° del
referido Reglamento;
Que, en este estado, corresponde destacar que de las vacantes concursadas han
quedado tres (3) vacantes sin ocupar;
Que, con relación a los ganadores de los sectores Herrería y Zapatería, una vez que
se resuelvan las impugnaciones que por separado se tramitan, se dará oportuno
tratamiento;
Que, conforme así lo establece el inciso a) del artículo 2° y artículo 6° de la Ley N°
471, el ingreso a la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se
formaliza mediante el dictado de acto administrativo emanado de autoridad
competente previo Concurso Público y Abierto;
Que, en estas condiciones, debe dictarse el acto administrativo pertinente por el cual
se designe a los concursantes que habiendo sido evaluados sus méritos profesionales,
resultaron ganadores de los puestos que fueran concursados;
Que, rigen en la materia las disposiciones del Decreto N° 720/02, por el cual se aprobó
el Reglamento de Trabajo para el personal del Teatro Colón, que se desempeña en los
cuerpos artísticos, cuerpo escenotécnico y servicios auxiliares;
Que, con el fin de proceder a un adecuado ingreso del personal que resultó ganador
para los cargos disputados, se estima oportuno que se faculte a la Dirección General
de Recursos Humanos de este Coliseo, para que disponga las medidas necesarias
para verificar las condiciones y requisitos exigidos por la Ley N° 471 para su ingreso;
Por ello y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N° 1328-EATC-2016,
Artículo 1°.- Desígnase por Concurso Público y Abierto, a partir del 1° de enero de
2017 como personal de la planta permanente del Ente Autárquico Teatro Colón, a las
personas que se detallan en el Anexo I (IF-2017-0469566-DGRHEATC), el cual forma
parte integrante de la presente Designación, en los cargos en que en cada caso se
indica en la Dirección General Escenotécnica de este Coliseo, con el nivel, grado,
función y responsabilidades que allí se detalla, todo ello de conformidad con lo
prescripto por el artículo 2° inciso a) y artículo 6° de la Ley de Relaciones Laborales N°
471.
Artículo 2°.- La designación dispuesta por el artículo 1°, quedará supeditada al
cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas por la Ley N° 471, en sus
artículos 7° y 12°, para el ingreso y adquisición de la estabilidad en el empleo en la
planta permanente de esta Administración, siendo de aplicación a tales efectos lo
dispuesto por los artículos 8° y 42° de la mencionada Ley.
Artículo 3°.- Facúltase a la Dirección General de Recursos Humanos del Ente
Autárquico Teatro Colón, para que disponga de las medidas administrativas
necesarias para verificar las condiciones y requisitos exigidos por la Ley N° 471 para el
ingreso del personal detallado en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la
presente Disposición.
Artículo 4°.- Notifíquese al personal detallado en el Anexo I, que forma parte integrante
del presente acto administrativo y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32°
del Reglamento aprobado por la Resolución N° 1079/EATC/2016, que deberá asumir
el cargo del cual fue ganador, en el plazo de diez (10) días corridos contados a partir
de la notificación de la presente Disposición.
Artículo 5°.- Establécese de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 39° del Reglamento
del Concurso aprobado por la Resolución N° 1079/EATC/2016, que la designación
efectuada del personal comprendido en el artículo 1° de la presente, queda
supeditada, en los casos que así corresponda, a la renuncia expresa del interesado al
1° de enero de 2017, a los regímenes especiales de transitoriedad o de la relación
locativa de servicios.
Artículo 6°.- Determínase según lo dispuesto por el artículo 4° del Reglamento del
Concurso aprobado por la Resolución N° 1079/EATC/2016, que las personas
designadas por el artículo 1° de la presente, tendrán las obligaciones y
responsabilidades emanadas de la Ley de Relaciones Laborales N° 471 y del
Reglamento de Trabajo para el Personal del Teatro Colón, instrumentado por el
Decreto N° 720/02, o los que en el futuro los reemplacen.
Artículo 7°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, pase, para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de
Recursos Humanos quien deberá comunicar al Directorio, a la Dirección Ejecutiva, a
todas las Direcciones Generales de este Coliseo y a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, cumplido, archívese. Hammermuller
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5047